La Corte atrae amparos contra proyecto eólico de filial de Mitsubishi en Oaxaca
OAXACA, Oax. (apro).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) atrajo los amparos interpuestos por la comunidad zapoteca de Juchitán sobre la consulta indígena para la implementación del proyecto de la empresa Eólica del Sur, filial de la transnacional Mitsubishi, confirmó el Proyecto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (ProDESC).
La Primera Sala de la Corte sesionó públicamente el 2 de mayo y decidió atraer, para su resolución, los amparos en revisión 166/2017 y 476/2017, presentados en contra de las sentencias dictadas por los juzgados Séptimo y Sexto de Distrito (respectivamente) con residencia en Salina Cruz.
Los amparos fueron interpuestos por zapotecos contra la consulta indígena realizada durante 2014 y 2015 en la comunidad de Juchitán de Zaragoza para la implementación del proyecto de Eólica del Sur.
Los inconformes recordaron que esa fue la primera consulta a una comunidad indígena en México desarrollada en el marco de la reforma energética del 2013.
Igual mencionaron que en ese proceso de “consulta” existieron violaciones por parte de las autoridades mexicanas a los estándares internacionales que debe cumplir una consulta.
Entre las violaciones se encuentran el otorgamiento de los permisos por parte de las autoridades administrativas para la generación de energía eléctrica y la autorización de impacto ambiental antes de que la comunidad fuera consultada.
También la falta de acceso a la información pertinente, suficiente, útil y de calidad; la ausencia de adecuación cultural del procedimiento a las necesidades culturales de la comunidad, y la falta de cuidado de las autoridades responsables del proceso frente a la cosmovisión indígena zapoteca, además de la existencia de más de 30 incidentes de seguridad.
Pese a las violaciones referidas, dicho proceso pretende ser replicado como el modelo de “consulta” del Estado mexicano para futuros proyectos de energía, aun violentando la obligación de ser previa, libre, informada y culturalmente adecuada.
Por ello, es trascendental que la Suprema Corte analice las violaciones a derechos humanos cometidas antes y durante el proceso de consulta.
Los quejosos mencionaron que, con la resolución de los amparos, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación dotaría de contenido mínimo a principios que regirían el derecho humano a la consulta, además de sentar un precedente histórico que reivindicaría al Estado mexicano, que generalmente ha invisibilizado a los pueblos y comunidades indígenas sobre la toma de decisiones sobre la tierra, el territorio y sus recursos naturales.
El 24 de abril pasado, en el marco del Foro Permanente de la ONU para las Cuestiones Indígenas, autoridades mexicanas reconocieron que el Estado tiene una deuda pendiente con los pueblos indígenas en la implementación del derecho a la consulta en los casos en que se impulsen megaproyectos en sus territorios, por lo que la aportación de la Suprema Corte sería sustancial y aportaría a saldar de alguna forma parte de la deuda que se tiene con las comunidades indígenas del país en términos de justicia.
La implementación de megaproyectos en la región del Istmo de Tehuantepec ha obligado a las comunidades a reorganizarse en torno a la defensa de su territorio.
La comunidad zapoteca de Juchitán de Zaragoza inició, desde 2013, un proceso de defensa legal y organizativa de su tierra y territorio con el acompañamiento de ProDESC; esta serie de amparos se suma a las diversas acciones legales que la comunidad zapoteca ejerce en defensa de sus derechos fundamentales.