CIUDAD DE MÉXICO (apro).- El pleno de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) respaldó las medidas cautelares para sustituir un espot del PRI de Puebla en contra de la candidata frentista Martha Erika Alonso Hidalgo, por considerar que se trata de posible violencia política por razones de género.
Al resolver la inconformidad priista contra las medidas cautelares ordenadas por el Instituto Nacional Electoral (INE), que señalaba que vulneraban la libertad de expresión y constituyen censura previa, el TEPJF desechó los argumentos del PRI y consideró que el carácter tutelar de las medidas cautelares requiere de “acciones inmediatas y eficaces” que permitan a la autoridad electoral determinar si la difusión de espots puede producir daños irreparables a un derecho o principio.
La Comisión de Quejas y Denuncias del INE determinó que el espot contra la candidata Alonso Hidalgo, esposa del exgobernador panista Rafael Moreno Valle, podrían constituir violencia política de género.
Los magistrados electorales indicaron que las mujeres que participan a puestos de elección popular deben tener garantizado el derecho a una vida libre de discriminación y violencia.
También consideraron que el uso del lenguaje en el promocional es discriminador y no podría ampararse en el marco de la libertad de expresión, debido a que “refuerza estereotipos discriminadores que repercuten en las posibilidades de que las mujeres ejerzan sus derechos humanos en condiciones de igualdad”.