Congreso y órgano electoral de Guanajuato vulneraron derechos de comunidades indígenas: TEE

jueves, 16 de agosto de 2018 · 12:20
GUANAJUATO, Gto., (apro).- El Congreso y el Instituto Electoral del estado fueron omisos en garantizar los derechos político electorales de los pueblos y comunidades indígenas en Guanajuato para su participación en el pasado proceso, resolvió el Tribunal Estatal Electoral. El pleno del órgano jurisdiccional desahogó un juicio para la protección de los derechos político electorales del ciudadano, interpuesto por el gobernador nacional indígena y representante de las 62 lenguas maternas, Hipólito Arriaga Pote, en contra de una determinación expresa sobre el tema asentada en un oficio del IEEG. El TEE informó que en el juicio ciudadano TEEG-JPDC-84/2018, promovido por Hipólito Arriaga, éste expresó a nombre de los pueblos, comunidades e individuos indígenas agravios cometidos por el Congreso del estado y el IEEG por omisión, al no establecer las condiciones para la protección de sus derechos y hacerlos efectivos, “lo cual vulnera el principio constitucional de certeza”. La magistrada y magistrados “consideraron procedente el agravio, en virtud de que la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos y distintos tratados internacionales, así como las Constituciones y leyes de los Estados de la República, deben garantizar los derechos político-electorales de los pueblos y comunidades indígenas a saber: a) derecho a la diferencia; b) los derechos de las mujeres indígenas dentro del respeto a la diferencia; c) derecho a la no discriminación; d) derecho a la libre determinación y autonomía; e) derecho a la autoadscripción; f) derecho a la consulta y consentimiento libre, previo e informado; g) derecho indígena, pluralismo jurídico e interlegalidad; y, h) derecho a la participación política y candidaturas indígenas”. Así, el Congreso estatal tiene el deber jurídico de adecuar la legislación para que ésta sea armonizada con la Constitución federal y los Tratados internacionales “de tal forma que se hagan efectivos los derechos de los pueblos, comunidades indígenas e individuos indígenas”. En su resolución, el pleno del Tribunal Electoral exhortó al Congreso a realizar las reformas pertinentes por lo menos 90 días antes del próximo proceso electoral ordinario, que será dentro de tres años, para alcanzar esa armonización legislativa. En cuanto al Instituto Electoral, el representante de los pueblos indígenas reclamó la insuficiente reglamentación para proteger y garantizar los derechos político electorales y para el reconocimiento efectivo de estos derechos. Al respecto, la Secretaria Ejecutiva del IEEG remitió un oficio en el que precisó que el registro de candidaturas por usos y costumbres no se encuentra previsto en la normatividad estatal y no se emitieron lineamientos en materia de participación indígena. “De lo anterior, se consideró que el Instituto Electoral del Estado de Guanajuato fue omiso en su deber de garantizar el acceso efectivo de los pueblos, comunidades e individuos indígenas, al ejercicio pleno de sus derechos político-electorales…todas las autoridades del Estado se encuentran en aptitud de aplicar directamente la Constitución, a efecto de salvaguardar y proteger ese derecho, siendo que la responsable (IEEG) tenía el deber de emitir los lineamientos y medidas pertinentes”. Por ello, el TEE vinculó al consejo del Instituto Electoral para que éste emita los reglamentos respectivos a favor de los pueblos y comunidades indígenas. Y aunque Hipólito Arriaga se había inconformado también por la negativa de registro de candidatos de los pueblos indígenas, el pleno del Tribunal se dijo impedido para entrar a este punto, puesto que éste debió de ser impugnado cuando se rechazaron las candidaturas.

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