Suplente del alcalde de Tlaxiaco debe asumir el cargo: TEE
OAXACA, Oax. (apro).- El pleno del Tribunal Electoral del Estado (TEE) determinó que Gaudencio Ortiz Cruz, suplente del alcalde de Tlaxiaco, Alejandro Aparicio Santiago, asesinado el 1 de enero, debe asumir como presidente municipal de ese municipio de la Mixteca.
El TEE ordenó a Ortiz Cruz que, en su carácter de presidente municipal de la Heroica Ciudad de Tlaxiaco, convoque a los integrantes del ayuntamiento a una sesión solemne de Cabildo, donde deberá rendir protesta como alcalde ante los demás concejales.
De igual manera, advirtió que, si los concejales no asisten a la sesión de Cabildo, razón por la cual “el actor no pudiera rendir protesta del cargo conferido, este tribunal ordenará que dicho acto sea celebrado ante una autoridad diversa”.
Alejandro Aparicio Santiago fue ejecutado el 1 de enero, en un ataque perpetrado al término de su toma de posesión, mientras realizaba una caminata por la cabecera municipal, acompañado de su cabildo.
También murió el síndico municipal Perfecto Hernández, mientras que la regidora Cleotilde Santos resultó herida y actualmente se encuentra en recuperación.
Ese día, cuando el contingente se encontraba en el barrio San Bartolo, un hombre se aproximó al alcalde y le disparó directamente en el pecho, y luego abrió fuego contra sus acompañantes, según declaraciones de testigos.
Tras el asesinato del alcalde, su suplente debía asumir el cargo, pero un grupo de regidores afines al senador Salomón Jara se opuso, y el caso llegó hasta los tribunales electorales.
Por unanimidad de votos, los magistrados del TEE declararon fundado el agravio promovido por Gaudencio Ortiz Cruz, suplente del primer concejal de Tlaxiaco, quien demandó ante ese organismo la omisión de los integrantes del Cabildo de llamarlo para rendir la protesta de ley y asumir el cargo de alcalde.
Destacaron que, conforme a los artículos 115, fracción I, cuarto párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 113, fracción I, quinto párrafo, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, y 86 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca, el suplente es quien debe ser requerido por el ayuntamiento para asumir el cargo ante el fallecimiento del presidente municipal.
De acuerdo con Ortiz Cruz, no existe ingobernabilidad en Tlaxiaco para declarar la desaparición de poderes, por lo que en las próximas horas convocará a una sesión de cabildo para asumir el cargo con el respaldo de los agentes municipales.