Comisión de Derechos Humanos de Jalisco pide al Congreso modificar leyes sobre violencia contra las mujeres
GUADALAJARA, Jal. (apro).- Ante las deficiencias que detectó la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Jalisco (CEDHJ) en las medidas y órdenes de protección a mujeres en situación de violencia, el organismo presentará propuestas al Congreso local para modificar la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y Ley para la Prevención y la Atención de la Violencia Intrafamiliar.
A nivel nacional, Jalisco ocupa actualmente el sexto lugar en mayor riesgo para las mujeres, y está en los últimos lugares en centros de justicia por la cantidad de habitantes. En los primeros tres sitios de mayor riesgo se ubican Chihuahua, Oaxaca y Guerrero.
A raíz de que se declaró la Alerta de Violencia de Género en su modalidad estatal, el gobierno jalisciense emitió en 2015 un total de 3 mil 999 órdenes de protección y al siguiente año fueron 6 mil 624, mientras que en 2017 sumaron 8 mil 524 y a mayo de 2018, 3 mil 813.
Hasta el momento se conocen cuatro casos de mujeres que tenían una medida de protección, pero de nada les sirvió porque acabaron muertas. Por ejemplo, en abril pasado una mujer fue asesinada por su marido afuera de Casa Jalisco, a pesar de contar con dicha medida.
La CEDHJ pide al Congreso local que dentro de la Ley de Acceso de la Mujeres a una Vida Libre de Violencia se amplíen los rangos de protección a las víctimas, se establezcan mecanismos efectivos para supervisar el cumplimiento de las medidas otorgadas y se delimiten las atribuciones y responsabilidades que cada autoridad tiene en la emisión, control y seguimiento de cada medida.
Además, que "se amplíen los elementos mínimos que debe contener la medida notificada a las autoridades judiciales, así como a la policía municipal, para su adecuada implementación", y que "se considere la actualización permanente de evaluación de riesgo y plan de emergencia por parte de todas las autoridades responsables tanto de la emisión como en el control y seguimiento".
De la Ley para la Prevención y la Atención de la Violencia Intrafamiliar de Jalisco, solicita que se actualicen los tipos y modalidades de violencia, "ya que la reducen al espacio privado o el hogar sin considerar que en la actualidad existen nuevas modalidades".
Además, propone "rediseñar el mecanismo, metodología e instrumento con que mide el nivel de riesgo de las mujeres receptoras de violencia". Esto significa contar con el espacio adecuado para que expertos en diferentes disciplinas atiendan a las posibles víctimas.
Otro punto es que se debe contar con un banco estatal de datos, para que cuando una mujer acuda a recibir atención médica por lesiones, la "autoridad de salud verifique si la usuaria cuenta con orden de protección, a partir de lo cual debe presumirse un incumplimiento de esta".
El organismo recordó que la Ley de Acceso de la Mujeres a una Vida Libre de Violencia contempla información mínima para armar una base de datos, pero sugiere que deberían de incluirse género, los niveles socioeconómico y educativo, percepciones y situación de la vivienda. Incluso que el C5 reciba notificaciones sobre quiénes son las mujeres que cuentan con una orden de protección.
La Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia incluye los servicios de reeducación para los agresores, sin embargo, la CEDHJ pide al Poder Judicial capacitar a sus empleados para que "ejerzan la capacidad de diferenciación con relación a la derivación, procesos y sentencias".
En su informe especial, la CEDHJ también hace nueve sugerencias a la Fiscalía del estado y destaca que los ministerios públicos deben otorgar las medidas de protección, "considerando en todo momento el interés superior de la víctima (...), así como los estándares internacionales sobre los derechos de las mujeres".
De igual manera, emitió recomendaciones al Centro de Justicia Para las Mujeres, al Instituto Jalisciense de Ciencias Forenses, a la Secretaría General de Gobierno y a los 125 municipios y sus comisarías, para que hagan cambios administrativos y a sus reglamentos con relación a la emisión y seguimientos de las órdenes de protección a las mujeres.