Promueven acción colectiva para dar libertad condicionada o anticipada a mil internos

miércoles, 17 de junio de 2020 · 22:31
TOLUCA, Edomex (apro).- La asociación Presunción de Inocencia y Derechos Humanos promovió una acción colectiva para que sean liberados los internos de los penales estatales que alcanzan algún beneficio, incluso desde noviembre de 2018, pero a los que se ha negado la libertad condicional o anticipada con diversos argumentos. El recurso, promovido el 11 de junio pasado, va dirigido al presidente del Tribunal Superior de Justicia del Estado de México (TSJEM) y del Consejo de la Judicatura estatal, Ricardo Sodi, para que se revisen los casos de mil 083 internos de los penales de Chiconautla, Neza Bordo, Tenango del Valle, Chalco, Barrientos, Otumba, Zumpango, Texcoco y Santiaguito. Esta cifra, precisó José Humbertus Pérez, fundador de la organización, es sólo una muestra integrada en dos meses por la organización que encabeza para verificar casos en los que las personas privadas de su libertad (PPLs) sujetas al procedimiento abreviado ya compurgaron 50, 70, o incluso 85% de sus penas desde noviembre de 2018 y, por tanto, conforme a la ley, debe ser modificada su medida cautelar por sustitutivos como el brazalete electrónico o la firma periódica en los juzgados. El activista indicó que, no obstante, en este supuesto se encuentran hasta 13 mil 500 internos de las cárceles estatales, que representan 48% de la población penitenciaria, a quienes se ha negado la libertad anticipada o condicionada con diversos argumentos jurídicos, pero deben ser excarcelados, no por la contingencia del covid-19, sino porque la ley prevé los supuestos en que se encuentran y ya cumplen los requisitos en ella establecidos. Pérez Espinoza aseguró que el recurso promovido tiene calidad jurídica vinculatoria (obligatoria), “en virtud de que las personas tienen una afectación común, que es su libertad, que está normada y legislada en la estructura jurídica del sistema de ejecución penal”. Este instrumento, prosiguió, en este caso sirve para que el Estado restituya a las PPL´s sus derechos fundamentales, por afectaciones económicas, psicológicas, sociales, etc.; pero también procede, por ejemplo, para proteger acciones en materia de medio ambiente y otros derechos colectivos. Nuestra Acción Colectiva, precisó, aspira a que se cumpla con los beneficios a los que tienen derecho las PPL´s y se les otorgue su libertad. “Que los jueces de ejecución de sentencias no pongan obstáculos a los beneficios de las PPLs que han acumulado con lo que establece la ley nacional de ejecución penal y que el beneficio se aplique sin discriminación”, planteó. Presunción de Inocencia A.C., recordó, ya ganó una acción colectiva promovida en 2017, en favor de más de 380 internos del penal de Chiconautla, a los que se debió otorgar el brazalete electrónico para enfrentar sus procesos en libertad. También hay casos de acciones colectivas de personas degradadas por constructoras, y en febrero de 2019 Profeco ganó la emprendida en contra de Casas Ara, con lo que se obligó a la empresa a pagar daños y perjuicios a los consumidores afectados, más 20% como indemnización. De ser negada esta figura por los órganos del Estado o por particulares, añadió Pérez Espinoza, es procedente la aplicación del artículo 5 de la Ley de Amparo, lo que implica acogerse a la justicia federal mediante la promoción de una demanda de este tipo.

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