Tribunal tira sentencia de un hombre detenido 'por ser moreno y estar mugroso”

miércoles, 19 de agosto de 2020 · 21:13
TOLUCA, Edomex. (apro).- El Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito otorgó la protección de la justicia a Daniel Plácido Arroyo y ordenó al Primer Tribunal de Alzada en Materia Penal de Toluca dejar sin efectos la sentencia de 65 años de prisión que le fue impuesta por secuestro. El Centro de Derechos Humanos Zeferino Ladrillero (CDJZL) y Haz Valer Mi Libertad advierten que el ilícito le fue imputado sólo por ser pobre y por su color de piel, como a los 19 mil 500 falsos culpables que se encuentran en penales mexiquenses. El recurso además obliga a la autoridad responsable a que, “con libertad de jurisdicción y de manera fundada y motivada, realice una debida valoración integral y objetiva del material convictivo a fin de determinar si se acredita o no la intervención punible del quejoso”. Además, mandató por unanimidad resolver en definitiva la situación jurídica del quejoso en ejercicio de su función de tribunal de apelación, conforme a derecho corresponda. Leidy Plácido, hermana de Daniel, advirtió que la determinación es una oportunidad para que Ricardo Sodi, presidente del Poder Judicial del Estado de México, recomponga los errores cometidos por la administración de justicia en este caso y muchos más en que se ha criminalizado la pobreza, la ignorancia y la juventud. El Tribunal Colegiado advirtió que el Tribunal de Alzada realizó una valoración indebida de las pruebas de descargo, pues desacreditó los testimonios de seis personas que coinciden en que el día de los hechos (18 de septiembre de 2015) el sentenciado estuvo en un lugar distinto. “Los atestes que subjetiva e injustificadamente fueron desvalorados por la autoridad responsable, en realidad controvierten la imputación que existe en contra del ahora quejoso”, destaca el fallo. En contraste, indica, la autoridad otorgó mayor importancia probatoria al solo señalamiento de la víctima, como testigo único, pues si bien en el procedimiento penal una sentencia condenatoria puede sustentarse en un solo dicho, será “cuando el mismo ofrezca garantía de conocimiento y veracidad tal que sea capaz de convencer, además que lo testificado se encuentre adminoculado con el resto de las pruebas indirectas que determinen fehacientemente la responsabilidad penal que se le atribuye al sentenciado”. También se advierte que la detención no fue en flagrancia, sino 15 días después. “La víctima señaló que vio en la calle por unos segundos al acusado y lo reconoció; después los policías captores realizan la investigación y obtienen una foto del sentenciado, la cual muestran al pasivo y de ahí parte la identificación del inculpado”. “La responsable debe hacer un análisis más profundo y ponderar si existe la posibilidad de que hubiera una confusión” o si los medios de prueba son suficientes para acreditar la plena responsabilidad del promovente del amparo y desvirtuar fehacientemente la presunción de inocencia”, plantea la decisión del Tribunal Colegiado.

Detenido sin orden de aprehensión

Leidy Plácido recordó que su hermano fue detenido el 5 de noviembre de 2015 fuera de su casa, sin orden de aprehensión (a la fecha, no aparece el video de la audiencia en que ésta fue otorgada), por hombres vestidos de negro que no se identificaron y después se supo eran ministeriales. La víctima indicó que lo reconoció porque era moreno y estaba mugroso de sus ropas. Leidy comenta que la playera de Daniel estaba llena de grasa porque atendía una vulcanizadora y porque apoyaba a su papá en sus labores de herrería. Durante varias horas, su familia lo buscó en diversas instancias, hasta que optaron por ir a los juzgados de Almoloya, pero fue hasta la audiencia de imputación en que lo vieron y supieron que estaba acusado por secuestro. Para obligarlo a declararse culpable, indicó que fue golpeado a tal punto, que existe certificado del médico legista para probar que casi le tronaron el omóplato; y psicológicamente amenazado con agredir a su esposa y desaparecer a sus hijos. Daniel nunca accedió porque asegura no cometió el delito.

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