CDHEC confirma responsabilidad de agentes policiacos en caso de adolescente baleado en 2018

miércoles, 23 de septiembre de 2020 · 20:44
COLIMA, Col. (apro).- Veinte meses después de que el adolescente Luis Ricardo quedó parapléjico tras ser baleado por la espalda por un policía estatal, la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Colima (CDHEC) emitió la recomendación 05/2020, en la que concluyó que “se tiene por demostrada la violación a los derechos humanos a la legalidad y el uso excesivo de la fuerza pública”. Dirigida al titular de la Secretaría de Seguridad Pública, vicealmirante Miguel Ángel García Ramírez, la recomendación pide realizar las investigaciones oficiales tendientes a esclarecer y sancionar los hechos, y en su caso ordenar el inicio de un procedimiento administrativo de responsabilidad en contra de los agentes implicados en los hechos. Luis Ricardo resultó herido en la columna vertebral, luego de que en diciembre de 2018 él y cuatro de sus amigos tronaban fuegos pirotécnicos y fueron perseguidos por agentes encubiertos de la policía estatal, quienes al confundir el sonido de cohetitos con detonaciones de arma de fuego los reportaron a la central de emergencias y fueron interceptados por policías uniformados que les dispararon. En su momento, un agente llamado Jocksan “N” fue detenido bajo la imputación de haber causado las lesiones al menor, pero en junio pasado obtuvo su libertad tras ganar un juicio de amparo en el que se determinó que fue violado el debido proceso por deficiencias atribuibles a la Fiscalía General del Estado (FGE). La CDHEC también recomendó instruir a quien corresponda para que se impartan al personal policiaco de la Secretaría De Seguridad Pública cursos de capacitación en materia de derechos humanos, enfocado en la legalidad y el uso excesivo de la fuerza pública, así como en el trato brindado a las personas que son detenidas o sometidas dentro de un hecho delictivo. Nota relacionada: Una “confusión” de policías acabó con su sueño de ser futbolista Asimismo, el organismo señaló que de conformidad con lo establecido en los artículos 106 de la Ley General de Victimas, y 97, fracción II de la Ley para la Protección de Víctimas en el Estado de Colima, informará y dará vista de lo conducente para inscribir a los agraviados (el menor y su padre como representante legal) en el Registro Estatal de Víctimas, cuyo funcionamiento corre a cargo de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas del Estado de Colima, para su conocimiento y efectos legales a que haya lugar. En el cuerpo del documento, la CDHEC consideró necesario que “a la brevedad se proceda a la reparación integral del daño causado al menor, como consecuencia de la violación a los derechos humanos derivados del mal actuar del personal de la Secretaría de Seguridad Pública, en específico de sus elementos policiacos que participaron el día de los hechos”. Planteó que la dependencia se haga cargo de la reparación del daño sufrido en la integridad moral y psicológica de la víctima, así como el pago de los tratamientos médicos o terapéuticos que, como consecuencia de la violación a los derechos humanos, sean necesarios para la recuperación de la salud del afectado. Entre las irregularidades que desencadenaron los hechos, la CDHEC señala que “desde el primer contacto con los menores de edad que tuvieron los elementos vestidos de civil en un Tsuru de color blanco en el punto donde comenzó la persecución de los mismos, nunca se identificaron como miembros de alguna corporación policiaca, esto a dicho de los menores y manifestado en sus declaraciones”. Así también, resaltó que el vehículo de la policía estatal no contaba con ninguna insignia o código (balizado) que reflejara que pertenecían a una institución policiaca del estado. Nota relacionada: Policía acusado de balear y dejar parapléjico a un menor de edad en Colima, podría quedar en libertad A juicio de la CDHEC, la fuerza que debieron de emplear los policías “tenía que ser proporcional a la conducta y/o resistencia que opusieron los menores, en la cual se puede observar que el error de estos fue el darse a la fuga; empero es una acción lógica, que lo harían puesto que en ningún momento los elementos vestidos de civil se identificaron como policías y cabe destacar que por la inseguridad que vive el estado es que estos se pusieron nerviosos al pensar que pudieran ser víctimas de algún delito (lo que aconteció)”. En relación con el argumento de los policías, en el sentido de que escucharon detonaciones de armas de fuego durante el inicio y la persecución de los menores, y después de los hechos se percataron de que en todo momento solo eran cohetitos denominados barrenos, la CDHEC consideró que era “imposible su confusión, puesto que los elementos de la policía cuentan con la preparación suficiente para detectar y diferenciar dichos sonidos”. El organismo humanitario estimó que el “actuar arbitrario” de los elementos de la Secretaría de Seguridad Pública del estado “demerita la confianza de la población hacia la institución a la que pertenecen, pues olvidándose de su deber como servidor público, de proteger y asegurar los derechos humanos de todas las personas, en el ámbito de su competencia, causaron violaciones de derechos humanos principalmente en agravio del menor, al excederse en el uso de la fuerza pública”.

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