El INE ordena suspender spot "cristalazo B" del PAN que recrea un asalto violento en el Edomex

viernes, 26 de mayo de 2017 · 22:33
CIUDAD DE MÉXICO (apro).- La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) ordenó al Partido Aacción Nacional (PAN) retirar su promocional de televisión “Cristalazo B”, correspondiente a la campaña para gobernador en el Estado de México. La petición para el retiro del promocional fue a solicitud del Partido Revolucionario Institucional (PRI), debido a que incluye la voz de una menor de edad y ello sugiere un contexto de violencia que podría vulnerar el interés superior de la niñez. El pasado 20 de mayo, el organismo ordenó la misma medida contra el spot denominado “Cristalazo”, en el que se proyectan imágenes de una niña en el contexto de un asalto con violencia, seguidas de las fotografías de Alfredo del Mazo, Eruviel Ávila y Enrique Peña Nieto. De acuerdo con un comunicado del INE, este viernes en sesión extraordinaria urgente, la medida fue aprobada por las consejeras Adriana Favela y Claudia Zavala y el de Pamela San Martín en contra. El argumento que ganó fue el que, si bien en ese spot no aparece la imagen de la menor de edad, “en un análisis preliminar, la voz y sonidos (gritos) que emite la infante bastan para identificar que se trata de una niña en un contexto de violencia”. En la misma sesión, la Comisión declaró la improcedencia de una medida cautelar y la tutela preventiva solicitada por el PAN contra la supuesta adquisición de tiempo en radio y televisión por parte del PRI para la difusión de material que aparentemente promueve la candidatura de Alfredo del Mazo Maza al gobierno mexiquense. La Comisión reconoció que el 23 de mayo pasado, en el noticiero conducido por Ciro Gómez Leyva, se hizo referencia a un material en el que aparece el candidato del PRI, y que un locutor que acompañó al periodista en el programa comentó que a éste “le ha ido bien” en las redes sociales. Al respecto, consideró que dicha alusión “se da en un lapso de únicamente un minuto (el noticiero abarca tres horas en radio y dos en televisión), aspecto que no permite concluir que se buscara favorecer de manera clara a uno de los contendientes por la gubernatura de esa entidad, al tratarse de un tema de interés general ante la proximidad de la jornada electoral respectiva, por lo que -en apariencia del buen derecho- la mención forma parte de un ejercicio periodístico y de la libertad de expresión”. Sobre la tutela preventiva solicitada por el quejoso, la Comisión declaró que no existe base para el dictado de la misma, al haber resultado improcedente la medida cautelar, además de considerar que no es posible pronunciarse sobre hechos futuros de realización incierta.

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