La reforma que viene

lunes, 18 de marzo de 2013 · 11:26
MÉXICO, D.F. (Proceso).- La iniciativa de reforma constitucional en materia de telecomunicaciones y radiodifusión enviada por el presidente Peña Nieto, con buena parte de los coordinadores parlamentarios de la oposición, cuenta ya con un avance de dictamen en la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados, que no toca el contenido de la iniciativa. Representa, por lo menos en lo tocante a radiodifusión y publicidad, una pieza acabada de gatopardismo, en el mejor de los casos. Una lectura acuciosa de la iniciativa de referencia debería generar más dudas que certezas. Veamos por qué. Primero. Se propone una adición al artículo 6º constitucional para crear un segundo apartado. El primer foco de alerta se ubica en el inciso IV) del apartado B, que dice: “Se prohíbe la transmisión de publicidad o propaganda presentada como información periodística o noticiosa; se establecerán las condiciones que deben regir los contenidos y la contratación de los servicios para su transmisión al público, incluidas aquellas relativas a la responsabilidad de los concesionarios respecto de la información transmitida por cuenta de terceros, sin afectar la libertad de expresión y de difusión”. Es loable e incluso compartible el primer párrafo: hay que distinguir la publicidad de la información. Mejor aún: No presentar información como publicidad. Empero, este principio periodístico debe ser parte del ejercicio de la autorregulación como una solución a este problema. La autorregulación regulada es una combinación de derecho y ética para resolver problemas, entre otros los de esta naturaleza y consiste en que la ley establezca la obligación para los medios concesionados de dotarse de códigos de ética y defensores de la audiencia efectivos. Si no lo hacen, el Estado aplica el código de ética de la industria y envía al medio un defensor de la audiencia surgido de personas con experiencia e imparcialidad pagado por el propio medio. Me parece que este es un camino intermedio ante lo que la iniciativa propone. Y afirmo esto porque dejar en manos de un órgano del Estado la atribución de identificar qué es y qué no información propagandística nos acerca más a un Estado autoritario que a una democracia deliberativa sujeta a tribunales de opinión propios del siglo XIX. El párrafo siguiente todavía es más preocupante: ¡Se establecerán las condiciones que deben regir los contenidos! Esta oración abre la puerta a la intolerancia y a las restricciones de la libertad con el argumento de que se hacen por nuestro propio bien, de que un grupo de “expertos” con su mejor ánimo y buena fe suplirán nuestras falencias en la materia. La última parte de este párrafo es más bien una infeliz expresión que pareciera un llamado a un acto de fe comunitario: No se preocupen, jamás se tocará la libertad de expresión. Segundo. El inciso V del apartado B de la iniciativa crea un organismo de “radiodifusión sin fines de lucro” que se supone generaría contenidos de calidad y transmitiría directamente al público. Mientras los miembros del Instituto Federal de Telecomunicaciones tendrán prestaciones similares a las de un ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, los consejeros de este órgano serán “honorarios”. La idea de lo “honorario” para una actividad que requiere tiempo completo, o casi, pone de relieve dos cuestiones: a) La jerarquía en prioridades de quienes presentan la iniciativa y b) la probable composición de este “organismo” por representantes de grupos de interés y partidos que financien por debajo del agua a los “consejeros honorarios” en perjuicio del interés público. Fragmento del análisis que se publica en la edición 1898 de la revista Proceso, ya en circulación.   Evillanueva99@yahoo.com @evillanuevamx www.ernestovillanueva.blogspot.com

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