Empresas ¿versus? Derechos Humanos
CIUDAD DE MÉXICO (apro).- Lamentablemente, en este país nuestro, a las violaciones de derechos humanos cometidas por autoridades, se suman en no pocas ocasiones, las cometidas por empresas. Indudable que la actividad empresarial puede generar beneficios a la población y no es deseable prescindir de ella.
Sin embargo, en múltiples regiones del país se cuentan historias de poblaciones desplazadas, recursos naturales devastados, complicidad entre gobierno y grupos de poder, represión frente a las protestas. Por supuesto, queremos pensar que ese patrón no es generalizado, que el Estado no está atrapado por el gobierno y que éste, a su vez, no responde a los intereses del poder empresarial. Entre tanto, importa tomar conciencia de que las empresas, como todo mundo, están obligadas a respetar los derechos humanos.
En un mes, el Grupo de Trabajo sobre la cuestión de los derechos humanos y las empresas de Naciones Unidas visitará México. Una de sus metas es promover la divulgación y aplicación de los “Principios Rectores sobre las empresas y los derechos humanos”, avalados por el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas desde hace cinco años.
Con esa idea, alienta la elaboración de planes de acción nacionales para adoptar dichos Principios. Durante su estancia, recibirá información de actores de gobierno, del sector empresarial y de la sociedad civil. De existir buena disposición, se espera que pueda reunirse con personas cuyos derechos humanos se han violado directamente por actividades de las empresas.
Tales Principios Rectores asumen que corresponde a los gobiernos de los Estados observar las obligaciones de respetar, proteger y cumplir con los derechos humanos de las personas, pero que en paralelo, a todas las empresas toca también no solamente cumplir las leyes, sino hacerlo con miras a respetar aquellos derechos, y en caso de incumplimiento, advierten sobre la necesidad de contar con recursos idóneos y efectivos para remediar las violaciones a derechos.
No faltarán personas que puedan cuestionar la eficacia de aquellos Principios Rectores, así como la conveniencia de seguirlos, puesto que no adicionan nuevas obligaciones de fuente internacional para los Estados, ni de momento constituyen un instrumento internacional en forma, aunque en la actualidad esté en marcha un proceso con ese fin.
Como sea, a esa postura debe responderse recordando que esos Principios reflejan deberes ya existentes, y que cualquiera que sea el rango jurídico que se les quiera reconocer, ello tampoco puede servir de pretexto para restringir, desconocer o reducir obligaciones básicas prevalecientes en la materia: las empresas deben respetar los derechos humanos de las personas, los Estados deben proteger a su población frente a sus abusos y éstos, tienen que repararse.
En ese marco, el objetivo de este espacio será alertar sobre algunos escenarios que enfrentamos en nuestro país en torno a violaciones a derechos humanos cometidas por empresas, poniendo énfasis en cuestionar algunas determinaciones judiciales que les han facilitado a las empresas gozar de múltiples beneficios, mientras que por otro lado, han complicado someterlas a la justicia para reparar violaciones a derechos humanos de las que son responsables.
Al final, se busca contribuir a que los Principios Rectores y la visita del Grupo de Trabajo sobre empresas y derechos humanos, así como su subsecuente informe sobre México, no sean simples pretextos para que gobierno y empresas legitimen una verdad oficial que no tiene relación con las historias reales de injusticias que padecemos.
En lo personal, me ha tocado contribuir desde hace algunos años en litigios para la defensa de los derechos humanos de personas y comunidades que se han visto afectadas por los denominados proyectos de “desarrollo” e infraestructura.
En la actualidad, me encuentro mucho más inmerso en ese tipo de acciones legales, en temas que van desde la búsqueda de pluralidad en los medios de comunicación, transparencia empresarial, conservación de playas, salvaguarda de soberanía alimentaria y el patrimonio biocultural de México frente a transgénicos, hasta las batallas legales que desde PODER se han asumido en acompañamiento de los Comités de Cuenca Río Sonora, que buscan la reparación de las consecuencias negativas del derrame tóxico ocurrido en esa región hace casi dos años, el 6 de agosto de 2014, cometido por la minera de Grupo México, Buenavista del Cobre.
Vale la pena hacer este anuncio, porque la objetividad e imparcialidad con la que se debe escribir en un espacio tan acreditado como Proceso, demandan en primer lugar advertir al público sobre los puntos de vista de partida, construidos a lo largo de años de experiencias.
Dicho eso, acabo de afirmar que algunas resoluciones judiciales han beneficiado a las empresas, mientras que otras hacen más complejo buscar que reparen las violaciones a derechos humanos generadas por sus actos.
En esa línea, para terminar esta primera entrega se adelanta una historia crucial de la que se tratará en la siguiente: por decisión de la Suprema Corte de Justicia, las empresas son titulares indiscutibles de derechos humanos, pero ese mismo garantismo no lo ha desplegado a la hora de reconocerlas como autoridades para efectos del juicio de amparo, con lo que podría hacerse frente a sus violaciones a tales derechos.
Pienso que la posición que al final prevalezca resultará de sumo interés para los esfuerzos que puedan darse en torno a los Principios Rectores y hasta para el Grupo de Trabajo de Naciones Unidas, pues el amparo podría llegar a convertirse en un mecanismo judicial nacional idóneo y eficaz para abordar las violaciones a derechos cometidas por las empresas y para repararlas. Ya se verá.
Luis Miguel Cano es abogado de Proyecto sobre Organización, Desarrollo, Educación e Investigación (PODER), una organización regional, sin fines de lucro, que trabaja para mejorar la transparencia y rendición de cuentas de las empresas en México y América Latina, con una perspectiva de derechos humanos