Si un organismo autónomo funciona, cástralo
CIUDAD DE MÉXICO (Proceso).- Los precedentes no dejan lugar a dudas: En México los organismos autónomos se crean para mantener el statu quo, diluir responsabilidades y abrir más posiciones para que los líderes políticos ocupen puestos junto con sus amigos o militantes.
Pero esas instituciones nunca se forman para dar plena vigencia al estado de derecho, cumplir a cabalidad sus atribuciones legales, ejercer a plenitud su autonomía y, por ende, impulsar la transformación y el cambio. En el momento en que los organismos autónomos (por errores en el diseño y/o en la designación de sus miembros) empiezan a ejecutar eficaz, eficiente y oportunamente las atribuciones y obligaciones que les establece la ley, la respuesta inmediata de los legisladores, del Ejecutivo en turno o de ambos es limitarlos, disminuirlos, destruirlos.
La historia se repite una y otra vez. Sucedió en 2003 y 2007 con el Instituto Federal Electoral tras la realización de las elecciones federales de 1997, 2000 y 2003, y particularmente después de las sanciones ejemplares al PAN, PVEM y el PRI por violaciones a las disposiciones constitucionales y legales en materia de ingresos y egresos de los recursos de campaña.
En 2003 fueron vetados todos los integrantes del primer Consejo General enteramente ciudadanizado y se le dio cauce a la integración de un Consejo General a modo de los intereses del PRI y el PAN, con el apoyo del –desde entonces– apéndice tricolor PVEM.
Lo mismo hizo este bloque partidista en 2007 con una reforma legal que mermaba las facultades del máximo órgano de gobierno del IFE al restarle facultades de fiscalización y debilitar su injerencia en la supervisión de las tareas de la estructura ejecutiva, al obligar a la rotación anual de las presidencias de comisiones y limitar el número de comisiones en las que podía participar cada consejero.
En consecuencia, los partidos políticos ejercen ahora un suficiente control del órgano de gobierno de la autoridad electoral, y una parte importante de la ciudadanía dejó de confiar en la autoridad electoral.
En 2002 se creó el Instituto Federal de Transparencia y Acceso a la Información (IFAI) y unos años después se le otorgó la autonomía constitucional. En 2003 la legislación respectiva entró en vigor y el INAI tomó decisiones importantes que catapultaron el ejercicio del derecho: desarrolló el Sistema Informático de Solicitud de Información (SISI) y privilegió el principio de máxima publicidad al resolver los recursos que interponían los ciudadanos.
Las resoluciones del INAI obligaron a las autoridades a revelar información, ante lo cual el entonces presidente Felipe Calderón empezó a dinamitar al organismo con la designación de comisionados que actuaban más como cancerberos de la opacidad que como garantes de la transparencia.
A pesar de que las últimas reformas constitucionales y legales en la materia colocan a México en la vanguardia del tema, el presidente Enrique Peña Nieto se aseguró de que la mayoría de los integrantes del órgano superior del hoy instituto nacional acatarían sus instrucciones, y éstos le han devuelto el favor con resoluciones a modo.
En 2012, la nueva alternancia en el Ejecutivo federal hizo realidad la incipiente autonomía del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), cuyos indicadores y encuestas empezaron a desnudar los fracasos de las políticas públicas de la actual administración en diversas áreas, pero particularmente en materia social y económica. Y Peña Nieto, cuando tuvo que designar al nuevo presidente de la Junta de Gobierno, se decidió por un leal funcionario federal: Julio Alonso Santaella, y optó por manipular las estadísticas y los indicadores, aunque la terca realidad permanezca invariable.
Pero no contento con ello, en la segunda nominación el descaro todavía fue mayor, pues forzó la designación de Paloma Merodio como vicepresidenta del Inegi cuando ni siquiera cumplía con los requisitos legales. La realidad política obligaba a controlar al órgano de gobierno, no únicamente al presidente del organismo. Había que dejar claro que lo que se premia es la lealtad, no el cumplimiento de la ley.
Y ahora le toca el turno al Instituto Federal de Telecomunicaciones. Mientras las resoluciones relevantes para la vida nacional no afectaran al duopolio televisivo, la actuación de dicho órgano garante contaba con el respaldo de las televisoras y radiodifusoras (poderes fácticos) y del Ejecutivo y Legislativo federales (poderes constitucionales); pero cuando los comisionados del IFT decidieron dar pleno cumplimiento a lo establecido en el artículo 6 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y garantizar la protección de los derechos de las audiencias desataron toda su furia.
Primero, esos comisionados tuvieron que enfrentar una campaña de desprestigio; después, las controversias constitucionales del Consejería Jurídica de la Presidencia y del Senado de la República. Además, antes incluso del fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, aceptaron el cercenamiento de las facultades del IFT con una reforma aprobada fast track en la Cámara de Diputados.
Con esa contrarreforma, las fracciones parlamentarias del PRI, PAN, PVEM, Panal y PES en la Cámara de Diputados pretenden dejar sin efectos los lineamientos emitidos por el IFT con la. Y, para no dejar lugar a dudas de ello, en el segundo transitorio señalan: “Se abrogan las disposiciones reglamentarias y administrativas que se opongan al presente Decreto”.
Pero lo peor es que no sólo abrogan los lineamientos del IFT, sino que le cercenan atribuciones fundamentales que darían plena vigencia a los derechos de las audiencias, particularmente los que tienen que ver con la distinción entre información y publicidad y con la designación y las atribuciones de los defensores de las mismas.
En este caso no podían nombrar incondicionales, así que optaron por debilitar al órgano garante. Como la mayoría de los comisionados decidió cumplir a cabalidad con sus responsabilidades y pusieron en riesgo los privilegios de los concesionarios, el Ejecutivo y los diputados decidieron neutralizarlos con la designación de incondicionales a fin de mantener el statu quo, no para garantizar los derechos de las audiencias.
La historia, pues, se repite: cuando los órganos de gobierno de los organismos autónomos se decantan a favor del beneficio colectivo y atentan contra los privilegios de quienes detentan los poderes fácticos y constitucionales, éstos los castran.
Este análisis se publicó en la edición 2114 de la revista Proceso del 7 de mayo de 2017.