La Suprema Corte ¿un partido político?

viernes, 11 de octubre de 2019 · 11:33
CIUDAD DE MÉXICO (Apro).- Aún de vacaciones, Frido Kyan Aliotti dialoga virtualmente con Lord Acton, en la ciudad de Londres. El tema: derecho y política; justicia constitucional y democracia. Temas esos de superlativa trascendencia. Y hoy, muy actuales cuando, por ejemplo, un gobernador morenista dice que la muerte de una gobernadora resulta merecida y equivale a justicia, a castigo divino. Cuando un gobierno ahorra dinero público para obras faraónicas a costa de la salud de niños con cáncer, de su derecho a vivir. Cuando se atropellan derechos de refugiados, incluso niños; cuando se multiplica de manera alarmante el número de casos de prisión preventiva oficiosa. Ausencia esa de libertad que aniquila el derecho sagrado a la presunción de inocencia, pilar de libertades democráticas. Aniquilamiento que da pie al "funesto, jacobino e hipócrita espíritu de sospecha" tan criticado por Hannah Arendt por conducir a regímenes patibularios. La desmesura e insensibilidad del poder exhibidas sin recato alguno. En varias partes del mundo, al ejercerse el poder de origen democrático, se ha traspasado ya el dintel de un neodespotismo siglo XXI, arropado por aduladores de todo calibre y por una masa enajenada que no es el pueblo, sino la "contrafigura cariscaturesca del pueblo". El trumpismo es paradigmático y contagioso. He aquí el diálogo: Frido: Buenas tardes Lord Acton. Un honor conocerlo en persona. He querido entablar con usted un diálogo sobre la relación de política y derecho, en horas de embriaguez de poder. Su célebre sentencia de que "el poder tiende a corromper y el poder absoluto corrompe absolutamente", acredita su certero conocimiento de la política. La política tiene mucho de demoniaco, dijo una vez Max Weber. Déjeme ir al grano desde el principio. ¿Es controlable el poder? ¿Qué lo limita para evitar dicha patología corruptora? Lord Acton: Gracias amigo Frido; coincido con Weber. Mira, te soy franco, es harto difícil que el poder, que el Estado sea controlado. Miedo, indiferencia, gusto por la sumisión, interés, a menudo inhiben que se le ponga límites. Y esa falta de límites afecta gravemente bienestar y libertades de todo pueblo. Por ello, resulta indispensable el papel del derecho, del genuino. Frido: ¿Por qué resulta indispensable? Lord Acton: Porque el derecho, en su auténtica dimensión objetiva de ordenamiento, al organizar el cuerpo social, le pone límites al Estado. El cuerpo social es el todo. El Estado, la "parte especializada en los intereses de ese todo". Su función -del Estado- es servir al bien común del cuerpo social cuya parte fundamental es el pueblo. No está el Estado para servirse sino para servir.  Si el Estado no se entiende como servicio, "degenera en empresa que destruye el orden social". La organización jurídica republicana limita el poder, establece contrapesos. Contrapesos fundamentales como la división de poderes, el pluralismo de los cuerpos intermedios, organismos autónomos, universidades, sindicatos libres. De esa manera la dimensión jurídica ataja la tendencia del poder al exceso, a la "hybris", a la insolencia y saciedad. Frido: Pero el problema Lord Acton, está en que el Estado desde hace mucho, se ha transformado en un absoluto que todo lo absorbe y domina. Y hábilmente ha hecho del derecho una herramienta para sus fines de facción. El derecho ha sido instrumentalizado. Y al serlo, la dimensión jurídica, la esencia misma del derecho, queda falseada, extraviada como lo señala Paolo Grossi, jurista y magistrado de renombre mundial. Se ha relegado el derecho a la triste función de mero "aparato ortopédico del poder político" para controlar y dominar. Lord Acton: Por desgracia tiene mucha razón Grossi. Permite que ahora me ubique en tu ámbito territorial, Latinoamérica. Resulta ilustrativo el lúcido estudio histórico-sociológico realizado por Karina Ansolabehere en 2003. Aborda ella, entre otros puntos, en el marco de la politización de la justicia, el papel que juegan las cortes supremas de Argentina y México. Se señala en tal estudio que en Latinoamérica hay una conocida historia, un claro índice de generalidad y frecuencia: la sumisión de las cortes supremas al aparato de poder político en el horizonte de los partidos hegemónicos. Frido: Que bueno que cita ese estudio. También yo lo leí en su momento. Concluye Ansolabehere, después de su análisis sociológico del proceder de dichos altos tribunales, que la Corte Suprema de Argentina, en contraste con la mexicana, es restrictiva en su relación con las cuestiones políticas. Se mantiene prudentemente alejada de ellas. La mexicana en cambio, con su participación en controversias constitucionales, acciones de inconstitucionalidad, por ejemplo, está evidentemente cerca de cuestiones políticas. Y, por cierto, ya que se habla de mi país, ¿qué opina usted Lord Acton acerca de lo dicho muy recientemente en México, vía tuits, de que la Suprema Corte no es ni debe ser un contrapeso del gobierno? ¿Y qué piensa de que tal dicho haya sido avalado por quien preside tal Corte? Le reproduzco aquí los dos mensajes tuiteros: https://twitter.com/dvalades/status/1180177040412217345?s=20   https://twitter.com/ArturoZaldivarL/status/1180218364033224706?s=20 Lord Acton: Con afecto y respeto, considero que el contenido del primer mensaje es ambiguo y un tanto sofista, más propio de un político que de un jurista. La Suprema Corte, al ser uno de los tres poderes de la República mexicana, representa en buena teoría, el formidable contrapeso del poder ejecutivo. Contrapeso tanto político -de bien común y no de facción-, como constitucional. La división de poderes, esencial contrapeso republicano, es garantía de libertades. Que en la práctica, por desgracia, no fuera contrapeso, es otra cosa. Frido: El derecho auténtico, no instrumentalizado, es por naturaleza el gran contrapeso del poder político y su tendencia a corromper. Y más tratándose de países donde han existido y existen partidos hegemónicos y Congresos domesticados. Es una lástima que algunos piensen que todo mexicano es ingenuo, de preparación silvestre por decirlo elegantemente. Lord Acton: Por otro lado, me desconcierta el aval dado al primer mensaje por medio del segundo tuit arriba transcrito ¿En qué tiene razón el distinguido constitucionalista? ¿En que no es un contrapeso? Ya vimos que sí lo es. Contrapeso de mucho mayor alcance que el de un partido de oposición- y más de los que hay hoy en tu país tan acobardados-. A través del derecho, de la justicia constitucional, debería la Corte oponerse siempre -sentido claro de la palabra contrapeso- a toda violación del orden constitucional y de los derechos fundamentales del ciudadano por parte del gobierno. Frido: Menos mal que al día siguiente, el otorgante del aval, tal vez dándose cuenta de la inconsecuencia, matizó al decir que la Suprema Corte como poder equilibrador, sí es en tal sentido, un contrapeso constitucional. Pues ese es precisamente el sentido esencial de la Corte. ¿No es así Lord Acton? Lord Acton: es evidente, verdad de Perogrullo, que se trata de un contrapeso. El más grande cuando se ejerce. En la balanza del Estado, el platillo del poder ejecutivo, en países presidencialistas con partidos hegemónicos, lanza a las alturas al otro platillo de los demás poderes. Por ende, es de vida o muerte para la salud de toda república - cosa que es de todo el pueblo, no de una parte-, el contar con el contrapeso real de la justicia constitucional. Frido: ¡Que claras deja usted las cosas Lord Acton! En realidad, hablando en plata, la justicia constitucional en México ha estado sistemática y crónicamente sometida al aparato del poder político, salvo en periodos excepcionales. Y una prueba de eso se funda en lo que dice, sobre la vida de las constituciones, un gran jurista, Gustavo Zagrebelski: "Una constitución que sobrevive con incesantes modificaciones se degrada al nivel de una ley ordinaria y la materia constitucional se confunde con la lucha política cotidiana". Y el mismo Zagrebelski afirma que en una república, su corte suprema pertenece a todo el pueblo, no solamente a la mayoría del momento o a alguna parte del todo. La Constitución mexicana ha sido reformada en ¡más de 700 ocasiones en cien años! La de Estados Unidos, no en más de 27 en doscientos y tantos años. El poder judicial de una república no está para "acusar recibo de los mensajes de las urnas" como escribió un ministro no hace mucho. No está para acatar los vaivenes de las pasiones políticas tan veleidosas. Su función es defender la razón del derecho encarnada en la constitución para bien de la justicia, de la república y de cada ciudadano. Lord Acton: Insólito el número de reformas ese de 700. Coincido plenamente con lo dicho por Gustavo Zagrebelski sobre cómo se degrada la materia constitucional. Sería muy conveniente que se pensara en ya no hacerle reformas a la constitución mexicana, en dejarla en paz, Y también que se pensara seriamente en otros mecanismos constitucionales para el nombramiento de los ministros. Mecanismos que remontaran la realidad histórica -señalada por Karina Ansolabehere- del habitual papel sumiso jugado por las Cortes Supremas en tantos países latinoamericanos. Mecanismos idóneos para garantizar su genuina independencia. Frido: Gracias Lord Acton por la magistral lección de lúcida filosofía política tan necesitada en el México actual tan confundido. Le ruego me salude a Tomás Moro, su paisano inglés, también católico y genial colega. Fin del diálogo. A la memoria del insigne constitucionalista, orador y maestro emérito de la Escuela Libre de Derecho, Manuel Herrera y Lasso, con admiración y afecto de hijo de la Escuela Libre. Y también dedicado a los valientes Snowden y Assange por desnudar las iniquidades del poder imperial.  

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