La protección del empleo en tiempos del coronavirus

martes, 14 de abril de 2020 · 09:31
CIUDAD DE MÉXICO (proceso).- Apenas el viernes pasado escribía que algo debía hacer el gobierno para apoyar a las personas y empresas que emplean a buena parte de la población, y que no coincidía en dirigir la inversión pública a los megaproyectos que impulsa la actual administraciónn federal. No podía imaginar que al día siguiente un juzgado de amparo dictaría un acuerdo que aporta argumentos esenciales para dicho debate. Pero al parecer es lo que sucedió. El Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Baja California, con sede en Mexicali, concedió una suspensión provisional a una empresa cervecera en el incidente de suspensión relativo al juicio de amparo 293/2020, para el efecto de que se adopten las medidas necesarias para la protección de las fuentes de empleo ante la crisis causada por la emergencia sanitaria global ocasionada por la enfermedad covid-19, al considerar que resultan esenciales para que las personas trabajadoras puedan subsistir, ya que con ello pueden acceder al salario que les permitiría garantizar sus necesidades básicas. Si el acuerdo judicial que pude analizar resulta fidedigno, lo que no me queda claro es la forma en la que tiene que cumplirse esa suspensión provisional. Al menos aparecen en él dos alternativas: (i) las autoridades demandadas en el amparo, dentro de su órbita competencial, deben emitir acuerdos o decretos para otorgar facilidades necesarias para el pago de impuestos; o bien, (ii) deben efectuar reasignaciones al presupuesto de egresos federal de este año a fin de que sea destinado a la crisis derivada de la emergencia nacional del coronavirus. En la noche previa a la publicación de este artículo de opinión, solo he tenido conocimiento de una cobertura de esta noticia. Una entrevista al abogado que lleva el juicio de amparo aludido, la cual se difunde con una nota titulada: “Ordena juez cancelar obras a AMLO y canalizar recursos para atender crisis por Covid-19”. Discrepo de la interpretación que tal encabezado hace de este fallo judicial, pero con todo, creo firmemente que esta intervención jurídica es del todo trascendente. Sin conocer todo el planteamiento de la demanda de amparo que ha motivado el dictado de esta suspensión provisional, mis conocimientos del juicio de amparo me hacen suponer que necesariamente tiene que apreciarse un vínculo entre los intereses y derechos de la empresa quejosa, con los efectos de la medida cautelar que se le concede. Me hace sentido que una empresa pueda buscar facilidades para el pago de impuestos con la idea de protegerse como una fuente de empleo. Me resulta una iniciativa loable y muy astuta: proteger la viabilidad económica de la empresa para salvaguardar los empleos que genera y con ello la subsistencia de las personas que en ella laboran. Por el contrario, no alcanzaría a entender el tipo de razonamiento que tendría que elaborarse para que a partir de la exigencia de una empresa cervecera se pudiera ordenar una reasignación presupuestal que redirija los recursos públicos destinados a los megaproyectos del gobierno federal a la atención de la crisis ocasionada por esta pandemia que nos aqueja y agobia. No obstante ello, de confirmarse tal decisión judicial –que todavía no es definitiva y que además puede recurrirse por las autoridades involucradas ante un Tribunal Colegiado–, estimo que su trascendencia descansa en que obliga al Ejecutivo a repensar su estrategia para afrontar la crisis económica causada por la pandemia. Ya no se trata de posturas políticas opuestas. Podríamos estar ante una actuación de otro Poder del Estado igualmente importante que en aras de defender nuestros derechos humanos ordena al gobierno proteger las fuentes de empleo, valiosas en tanto que a través de ellas la clase trabajadora se hace de medios para sobrevivir. ¿Qué pasaría si este caso se toma como ejemplo tanto para litigantes como para juzgados? ¿Qué sucedería si se dictan otras suspensiones en similares términos? Cierto que la responsabilidad primaria para enfrentar la crisis del Covid-19, en los ámbitos sanitario y económico, recae en el Ejecutivo federal, pero no es el único, y para bien del país, debe entender que no gobierna solo, sino bajo la Constitución.  

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