El gobierno de Javier Duarte de Ochoa fabricó un culpable para dar por esclarecido el asesinato de nuestra compañera Regina Martínez Pérez. Así lo ha informado la revista Proceso y así lo confirmó el propio Poder Judicial del estado de Veracruz.
El jueves 8, la Séptima Sala del Tribunal Superior de Justicia del estado resolvió poner en libertad a Jorge Antonio Hernández Silva, acusado por la Procuraduría General de Justicia del estado (PGJ) de ser copartícipe del robo y homicidio cometido la madrugada del 28 de abril de 2012 en la casa de nuestra corresponsal en Veracruz.
Por dos votos a tres, la sala revocó la sentencia de 38 años y dos meses de prisión a los que lo había condenado, en abril pasado, la juez Tercero de Primera Instancia del Distrito Judicial de Xalapa Beatriz Rivera Hernández, quien había avalado por completo la versión de la Procuraduría.
Los magistrados Edel Humberto Álvarez Peña –autor del proyecto de resolución– y Andrés Cruz Ibarra echaron abajo esa sentencia por las violaciones constitucionales cometidas por la PGJ que afectaron el debido proceso y dejaron en situación de indefensión al inculpado, un analfabeto seropositivo que fue torturado para que se declarara culpable.
Ante el sentido de la resolución, que echa abajo en parte la versión de la PGJ, la magistrada Martha Ramírez Trejo emitió un voto particular, mientras que la propia Procuraduría expresó su rechazo a la decisión mayoritaria de la sala y el hermano de la periodista, Ángel Martínez, anunció en un comunicado de prensa y una nota informativa que impugnaría la resolución de los magistrados.
La posición que prevaleció entre los magistrados fue que además de las violaciones al debido proceso previstas en los artículos 14 y 16 de la Constitución, la Procuraduría no acreditó la responsabilidad de Hernández Silva, quien alegó haber sido detenido semanas antes de que la PGJ lo presentara como probable responsable.
Respecto a las violaciones constitucionales dijo que no hubo orden de aprehensión para su detención, además de que “no contó con una debida defensa”, como lo establecen los artículos 19 y 20 constitucionales, pues si bien tuvo un defensor de oficio “en ningún momento se advierte que se haya dado a la tarea de cumplir cabalmente con su función”.
Además, la sentencia de la juez de primera instancia se sostuvo únicamente con la confesión del inculpado, “la cual fue llevada por medo de la tortura, por lo cual no deberá otorgársele validez”, dicen los dos magistrados que hicieron el voto mayoritario.
A los ojos de los magistrados, los testimonios que presentó la PGJ contra Hernández Silva y que fueron avalados por la juez Rivera Hernández “son de oídas”, “contradictorios” y “aleccionados”. Más aún, “no se advierte que ninguno de ellos haya hecho mención que fuera Jorge Antonio Hernández Silva la persona que se introdujera a la casa de la finada a robar y estuviera presente cuando su copartícipe privara de la vida a Regina Martínez Pérez”.
(Fragmento del texto que se publica en Proceso 1919, ya en circulación)