Crítica a la CNDH: víctimas indefensas por una deficiente actuación

jueves, 7 de noviembre de 2019 · 12:06
Los métodos de investigación de la CNDH son cuestionados no sólo por organizaciones civiles, sino incluso por la Alianza Global de Instituciones Nacionales de Derechos Humanos, adscrita a la ONU. A la Comisión Nacional se le acusa de llevar una práctica selectiva de casos, lo que al mismo tiempo que mejora sus estadísticas, deja indefensas a las víctimas. Cuauhtémoc Rueda, director de Efecto Útil, resalta que aquel organismo no cumple cabalmente sus funciones y “no ha sido por falta de dinero”, pues, afirma, su maquinaria ha sido aceitada de tal manera que es considerada la institución pública de derechos humanos con mayores recursos del continente. CIUDAD DE MÉXICO (Proceso).- La próxima persona que encabece la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) deberá revisar los mecanismos de investigación de quejas, ante indicios de una práctica “selectiva” de casos que ha llevado al organismo a emitir un escaso número de recomendaciones individuales, “dejando a las víctimas en estado de indefensión”, advierte Cuauhtémoc Rueda Luna, director de Efecto Útil, una organización civil dedicada a monitorear organismos públicos de derechos humanos. Por lo pronto, el pleno del Senado de la República determinará esta semana si elige al titular de la CNDH de la terna presentada por las comisiones de Derechos Humanos y Justicia –Rosario Piedra, hija de la fundadora de Eureka, Rosario Ibarra de Piedra; Arturo Peimbert, extitular de la Defensoría del Pueblo de Oaxaca; y José de Jesús Orozco, exintegrante de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos– o si decide formular otra, ante la falta de consenso para designar a quien relevará a Luis Raúl González Pérez al frente del organismo. Mientras se toma una decisión al respecto, Rueda Luna considera necesario revertir la “selectividad” de denuncias presentadas ante el organismo y que deja sin resoluciones a miles de víctimas que acuden al sistema ómbudsman. “Sería muy importante que los aspirantes presentaran su propio diagnóstico de la institución y se comprometieran a diseñar una metodología de investigación seria de las violaciones a derechos humanos, porque es una de las recomendaciones que le hizo el único organismo de supervisión que tiene la CNDH, que es la Alianza Global de Instituciones Nacionales de Derechos Humanos (GANHRI), luego de que la institución fue sometida a revisión, en noviembre de 2016.” La GANHRI, un mecanismo de supervisión de organismos públicos de derechos humanos, adscrito a las Naciones Unidas, emitió seis recomendaciones a la CNDH, algunas de ellas derivadas de un informe alternativo envidado por Efecto Útil, que fue analizado por el Subcomité de Acreditación (SCA). En un documento firmado por la jefa adjunta del SCA, Afarin Shahidzadeh, dirigido a González Pérez el 1 de diciembre de 2016 –del cual este semanario tiene copia–, el organismo recibió información de que “el número de recomendaciones emitidas por la CNDH es sustancialmente menor que el número de denuncias de violaciones a derechos humanos recibidas”. Recomendaciones El SCA admite que entre las razones por las que existe esa diferencia está “el gran porcentaje de las denuncias resueltas por procesos de conciliación”, pero “alienta a la CNDH a revisar sus procesos para asegurar que sus métodos de operación actuales no resulten en un fracaso para abordar violaciones sistemáticas de derechos humanos”. Si bien se reconoce el esfuerzo de presentar “informes anuales, especiales y temáticos”, para dar cuenta de la situación de los derechos humanos, el SCA destaca que como parte del mandato “de promover y proteger los derechos humanos”, las instituciones públicas “deben emprender acciones de seguimiento sobre las recomendaciones contenidas en estos informes y deben publicar información detallada sobre las medidas tomadas o no por las autoridades públicas a la hora de implementar recomendaciones o decisiones específicas”. El SCA hizo observaciones sobre la destitución y el nombramiento del titular de la CNDH, al recomendar que el organismo promueva modificaciones legislativas para que haya garantías de seguridad jurídica para los titulares, así como para que se estipule “un proceso que fomente la selección basada en los méritos y garantice el pluralismo para garantizar la independencia del personal directivo”, así como “la formalización de un proceso de selección y nombramiento transparente, incluido un proceso de consulta pública con organizaciones no gubernamentales y la sociedad civil”. El SCA formuló recomendaciones sobre “el pluralismo en la composición de miembros y personal de la comisión”, alentó a continuar interactuando con organismo internacionales y a definir el papel del Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura, lo cual fue establecido en la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, aprobada el 26 de junio de 2017. Por solicitudes de información a las que tuvo acceso Efecto Útil, hasta abril pasado no había avances en la atención de las recomendaciones del GANHRI, menos aun sobre el planteamiento de esa organización en torno al “uso selectivo de las recomendaciones”, en tanto que, en una respuesta vía trasparencia procesada por Efecto Útil, se remitió a la próxima reacreditación en 2021 para realizar “foros de participación de la sociedad en torno al tema”. Rueda lamenta la falta de respuesta al cuestionamiento al método de trabajo de la CNDH por parte de Efecto Útil, pese a que está fundamentado en datos duros proveídos de la misma institución, vía transparencia, que la organización actualiza continuamente. De la revisión de quejas, la organización advierte un crecimiento continuo desde que se fundó la CNDH en 1990, cuando se registraron 2 mil 435 expedientes, a una recepción promedio de 10 mil, a partir de 2011. En la administración de Jorge Carpizo, el primer ómbudsman mexicano, del total de quejas recibidas en 1990, 1.4% se convirtieron en documentos recomendatorios, es decir, una proporción de una recomendación por cada 72 denuncias. La tendencia se ha mantenido prácticamente igual, de manera que en 2018 el porcentaje de las 9 mil 2 quejas presentadas que se tradujeron en recomendaciones fue de 1%, mientras que hasta julio de 2019, con 6 mil 255 expedientes, la tendencia era de 0.8%, una proporción de una recomendación por cada 130 quejas. El pico más alto fue en 1993, el primer año de gestión de Jorge Madrazo Cuéllar, con la emisión de 3.3% de recomendaciones respecto de las 8 mil 171 quejas recibidas, en una proporción de una recomendación por cada 30 documentos recibidos. Este comportamiento dio seguimiento al que se tuvo durante el mandato de Jorge Carpizo, quien durante los primeros tres años de existencia de la CNDH emitió 436 recomendaciones. Los niveles más bajos entre el número de recomendaciones y quejas presentadas ocurrieron durante la gestión de Raúl Plascencia Villanueva (2009- 2015), a quien le correspondió procesar quejas derivadas de la guerra contra el narcotráfico declarada por Felipe Calderón. Plascencia recibió la CNDH de manos de José Luis Soberanes, con una proporción de una recomendación por cada 78 quejas (1.3% de 6 mil 83), tendencia que fue descendiendo año con año, hasta que sólo 0.6% de las quejas se convirtieron en recomendaciones en sus últimos dos años de gestión, en 2014 y 2015, años en que se reportaron 8 mil 455 y 9 mil 980 expedientes, respectivamente. La sistematización que Efecto Útil hizo sobre 112 mil 161 quejas concluidas entre 2004 y 2018 es reveladora de la forma en que la CNDH da fin a los casos. De ese total, 59% fue cerrado a través de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias (MASC), es decir aquellas denuncias que fueron consideradas por el organismo “sin materia, resuelto durante el trámite-conciliación”; 43% acumula aquellas que fueron clasificadas como “no violación a derechos humanos-orientación y acuerdo de no responsabilidad”; 7% aglutina las quejas que no procedieron por “no competencia, desistimiento, falta de interés y acumulación”, y sólo 1% de las quejas derivaron en recomendación. Controles internacionales Rueda explica que, de acuerdo con los estándares internacionales, “los MASC suelen requerir controles para que las conclusiones no se vuelvan contra la gente, dado que al basarse en una resolución fundamentada en un enfoque de intereses, como son los MASC, suelen favorecer a quien tiene mejor posición de poder, por ello han sido desaconsejados por la Alta Comisionada de Naciones Unidas para los Derechos Humanos”. Siendo los MASC la forma más recurrente para concluir las quejas a partir de la gestión de Plascencia, en 2009, manteniéndose así con González Pérez, Rueda destaca que otra de las desventajas para las víctimas es que los casos “concluyen sin que se determine jurídicamente, es decir si hubo o no violación, y sin ello no puede haber reparación del daño”. Apunta que el tema es delicado tratándose de violaciones graves que no pueden concluirse por conciliación, “y aún así, la CNDH lo hizo, de manera particular tratándose de casos de tratos crueles, inhumanos o degradantes; ese argumento fue central en nuestro informe previo”. Para el defensor, con los datos duros de la misma institución, lo que se pone en evidencia es que la CNDH tiene un “trato selectivo de casos”, sólo así se explica que sólo 1% de las quejas se conviertan en recomendaciones. “El problema de fondo es que, al usar selectivamente las recomendaciones, y con ello a las propias víctimas, lo que se genera es una presión para concluir casos por cualquiera de las otras causales, de ahí que muchos casos no se investigan adecuadamente, así es más fácil concluirlos, diciendo que no hay elementos que prueben la violación de derechos humanos.” Con información proporcionada por el propio organismo, Rueda desmenuza cómo se han clasificado las quejas por violaciones graves en los últimos 18 años de la CNDH. Como desaparición forzada, el organismo registro 632 casos; como ejecución sumaria o extrajudicial, 17; utiliza el eufemismo de “privar de la vida” para otros 470 casos; de tortura contabilizó 606; y como tratos crueles, inhumanos y degradantes, 12 mil 180. Rueda advierte que, sumando los casos de tortura con tratos crueles (12 mil 786) y los de ejecución con privar de la vida (487), “se advierte el uso selectivo de los casos y los posicionamientos políticos en los distintos periodos presidenciales”. De acuerdo con el análisis de los picos estadísticos, las violaciones graves a los derechos humanos empiezan su tendencia ascendente a partir de 2007, con el punto más alto en 2011, cuando la CNDH registró 153 quejas por desaparición forzada, una por ejecución sumaria o extrajudicial, 52 por privación de la vida, 42 por tortura y mil 626 por tratos crueles, inhumanos y degradantes. Rueda resalta que “no ha sido por falta de dinero ni por falta de personal” que el organismo no atienda la función primordial que se le confirió constitucionalmente, pues la maquinaria de la CNDH ha sido aceitada de tal manera que es considerada la institución pública de derechos humanos con mayores recursos de América. De acuerdo con datos obtenidos por Efecto Útil a partir de solicitudes de información, en materia presupuestal la CNDH pasó de administrar, en 2000, 283 millones de pesos (equivalentes a 649 millones de pesos actuales), a mil 809 millones de pesos en 2018. El director de Efecto Útil destaca que la elaboración de las acciones de inconstitucionalidad que la CNDH ha presentado a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), y que son motivo de orgullo del actual ómbudsman, “es trabajo de nueve personas”, de acuerdo con información que le fue proporcionada por el organismo. “De las 245 acciones de inconstitucionalidad que la CNDH ha presentado, desde que en 2007 tiene facultades para ello, 205 fueron formuladas por la actual administración de González Pérez, lo cual no está mal, pero la esencia del organismo, su mandato, es investigar violaciones a derechos humanos.” Este texto se publicó el 3 de noviembre de 2019 en la edición 2244 de la revista Proceso

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