Revista Proceso

La Corte se defiende: la reforma judicial no pretende la acumulación del poder

La reforma judicial no pretende “acumular” todo el poder en el actual presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Arturo Zaldívar, afirma su coordinadora de asesores, Fabiana Estrada Tena.
sábado, 19 de diciembre de 2020 · 18:53

CIUDAD DE MÉXICO (Proceso).­­- Ante la avalancha de críticas que generó la reforma judicial, algunas voces salen en defensa de la Corte.

La reforma judicial no pretende “acumular” todo el poder en el actual presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Arturo Zaldívar, afirma su coordinadora de asesores, Fabiana Estrada Tena.

Considerada en el Poder Judicial de la Federación una de las artífices del proyecto de reforma que el ministro Zaldívar envío al Ejecutivo, la constitucionalista rechaza que desde la Suprema Corte se haya ignorado a jueces y magistrados, por el contrario, celebra que sus voces hayan sido escuchadas por el Poder Legislativo luego de reunirse con senadores.

“La reforma judicial no pretendía, en relación con el presidente de la Corte, absolutamente ninguna acumulación de poder; en cambio es una reforma que fortalece tanto a la Corte en su papel de tribunal constitucional como al Consejo de la Judicatura Federal en sus funciones. Fue muy relevante que se llevara a cabo un parlamento abierto en el que los magistrados fueron escuchados”, explica en entrevista con Proceso.

Pese a sus críticas iniciales al proyecto por la falta de consulta en el propio Poder Judicial de la Federación (Proceso 2290), la Asociación Nacional de Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito del Poder Judicial de la Federación (Jufed) reconoce que las observaciones de los impartidores de justicia fueron atendidas por la Cámara de Senadores.

El director nacional de la Jufed, Ariel Rojas Caballero, ve con buenos ojos el resultado final de la propuesta y considera que se trata de “la mejor reforma (judicial) en el entorno político que vivimos”.

Sin embargo, organismos autónomos como la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México (CDHCDMX) no comparten el optimismo del Poder Judicial, por lo que incluso la propia comisión envió a la Cámara de Diputados una petición para revisar el alcance de una reforma que califica como “perjudicial” para su autonomía y para el esquema de división de poderes.

Ante la ausencia de la Comisión Nacional de Derechos Humanos en el debate, la titular de la CDHCDMX, Nashieli Ramírez, advierte en su carta que las condicionantes que se imponen para que la Corte acepte revisar una sentencia de amparo son “discrecionales” y “regresivas”, ya que dejan a los usuarios del sistema de justicia sin la posibilidad de impugnar la resolución de un ministro cuando éste deseche las solicitudes de revisar los fallos de tribunales federales en casos de amparo directo.

Con un solo precedente

Desde 1994, cuando el Congreso de la Unión cambió las leyes para dar su actual cara a la SCJN y al Consejo de la Judicatura Federal, no se había aprobado una reforma judicial que modificara el papel del máximo tribunal en la tramitación de casos y la formación de los tribunales federales, debido a que los tribunales unitarios al mando de un solo magistrado van a desaparecer para convertirse en tribunales de apelación integrados por tres magistrados.

Estrada asegura que la reforma judicial tendrá un impacto inmediato en la justicia, debido a que fortalece el rol de la Corte en emitir resoluciones de fondo sobre la interpretación constitucional de las leyes, por lo que sus fallos tendrán mayor solidez y argumentación.

En este sentido, destaca que uno de los cambios más radicales es la jurisprudencia obligatoria que emita la Suprema Corte a partir de las sentencias de amparo que obtengan mayoría calificada de ocho ministros en el pleno del Alto Tribunal y de cuatro ministros en cada una de las salas.

Esto quiere decir que con un solo precedente, la aplicación de la jurisprudencia que emita la Suprema Corte será obligatoria para todos los tribunales y juzgados federales, en lugar de tener que esperar a que se emitan cinco sentencias en el mismo sentido, señala Estrada Tena.

El magistrado Rojas Caballero también considera que la jurisprudencia obligatoria con un solo precedente es una de las medidas más positivas de la reforma, por lo que ahora el sistema constitucional mexicano será más parecido al de otros tribunales constitucionales del mundo.

“Ese sistema se aplica en la mayor parte de los países donde hay tribunales constitucionales. En Estados Unidos con un solo asunto se fija un criterio que es vinculatorio, no sólo para las autoridades jurisdiccionales como en México, sino para cualquier autoridad. Esto permite que lo que decida la Suprema Corte impacte en todos los órganos jurisdiccionales del país”, dice al reportero.

Cuestionada sobre los riesgos de que la Corte emita criterios afines a un gobierno con el sistema de precedente único, Estrada enfatiza que la votación calificada en el pleno y las salas de la Corte sigue siendo la principal garantía de respeto al orden constitucional.

Déficit de magistrados

La reforma judicial también prevé la ­desaparición de los tribunales de segunda instancia que eran presididos por un solo magistrado federal, conocidos como Tribunales Unitarios. En su lugar se van a crear tribunales de apelación con tres magistrados que deberán resolver todos los asuntos de forma colegiada.

Además, los Plenos de Circuito que buscaban resolver diferencias de criterio entre tribunales de una misma entidad federativa o de zonas conurbadas entre dos estados, ahora serán sustituidos por plenos o salas regionales con magistrados federales.

Estrada señala que los Plenos de Circuito “no funcionaron” para depurar las contradicciones de criterios o tesis entre tribunales federales. “Seguían llegando muchos casos de contradicción de criterios a la Suprema Corte, ahora en lugar de haber 50 Plenos de Circuito va haber cinco o seis Plenos Regionales que sí van a poder filtrar las contradicciones de tesis, sin necesidad de que estos lleguen a la Corte”.

Reportaje publicado el 13 de diciembre en la edición 2302 de la revista Proceso.

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