Libertad de expresión

La libertad de prensa en España: vulnerada en tribunales

En hechos separados, la justicia española multó a la revista digital CTXT y la satírica Mongolia por vulnerar el derecho “al honor” de un torero retirado y de un actor. Uno de los afectados acusa "censura previa digna de una dictadura".
domingo, 7 de febrero de 2021 · 18:24

En lo que Miguel Mora, uno de los afectados, califica de “vuelta a los años más oscuros del franquismo”, en hechos separados la justicia española multó a dos medios –la revista digital CTXT y la satírica Mongolia– por vulnerar el derecho “al honor” de un torero retirado y de un actor. Se trata, insiste Mora, de una “censura preventiva digna de una dictadura”. Los demandados recurrirán a instancias jurisdiccionales europeas para revertir esas dos condenas que, en los hechos, atentan contra la libertad de prensa.

MADRID, Esp. (Proceso).- El humor parece estarse perdiendo en España. Y el tema se pone más serio si pasa por el Poder Judicial de este país, como sucedió con las resoluciones –sin conexión entre sí– de dos tribunales, uno de ellos el Supremo y otro de la Audiencia Provincial de Madrid, que condenaron a la revista satírica Mongolia y a la revista digital CTXT (Contexto) por vulnerar el derecho “al honor” de los respectivos demandantes, un torero retirado y un actor.

Ambas resoluciones jurisdiccionales tienen rasgos excesivos y ya han prendido las alertas en algunas organizaciones de periodistas y juristas, porque suponen una clara regresión en materia de libertad de información y de prensa en España. La de Mongolia se conoció el 22 de diciembre pasado, y la de CTXT se dio a conocer el miércoles 13 de enero.

Las dos publicaciones verán afectado su patrimonio para cumplir con el pago de multas a los ofendidos, aunque el caso más comprometido es el de Mongolia, que de no ser por una exitosa campaña de crowfunding entre sus lectores –lo que les permitió reunir el monto requerido: 60 mil euros–, estaría destinada a la desaparición. CTXT tendrá que pagar 5 mil euros y la publicación de la sentencia en dos medios de circulación nacional.

Sin perder su talante satírico, Mongolia tituló un texto sobre la resolución en su contra: “La ‘figura del toreo’ sale en hombros del Supremo”. Y el epígrafe reza que el alto tribunal asume íntegra la demanda del extorero José Ortega Cano contra Mongolia, “en una sentencia que equivale a pedir las dos orejas y el rabo de la sátira profesional”.

El fallo del tribunal afirma que vulneraron el “honor” y la “propia imagen” del torero al divulgar un cartel con “fines publicitarios”, un fotomontaje con el que se hizo “escarnio” del extorero.

“Informar es peligroso”

La revista digital CTXT difundió así el caso en su sitio de internet: “Una jueza condena a CTXT por vulnerar el honor del famoso actor XXXXXXXXXX”.

La razón de suplir el nombre del ofendido con las X es, primero, porque la magistrada Ana Mercedes Merino aceptó la demanda interpuesta por el protagonista de la información, porque se “vulneró el derecho al honor del demandante”, pero además le impuso al medio la “censura preventiva”, al prohibirle publicar de nueva cuenta cualquier tipo de información relacionada con la noticia.

En 2016, CTXT publicó una información en la que el actor ofendido era señalado por constituir una sociedad para recabar y gestionar los fondos de la gala de los premios de cine Goya, en el tiempo que dirigió la organización de los actores españoles, decisión que no gustó al resto de los miembros de la academia de cine. El hecho aceleró la salida del actor de la presidencia de la academia del cine español.

En su resolución, la juez reconoce que la noticia es veraz, que es de interés general y que no incluía ni rumores ni invenciones. Igualmente, reconoce la “debida y razonable” diligencia profesional del periodista que publicó la noticia y la veracidad de sus fuentes. El medio contactó al actor para incluir su versión, pero éste declinó esa posibilidad; sin embargo, demandó y pidió 600 mil euros al publicarse la información.

La juez consideró que el “estilo de redacción” de la noticia afectaba al honor del demandante y que este derecho “prevalece” sobre el de la libertad de expresión.

Obliga a CTXT a borrar la publicación y todos los mensajes relacionados en redes sociales, así como publicar la sentencia íntegra en los diarios El País y El Mundo, lo que supone una erogación importante.

Miguel Mora, director de CTXT, dice en entrevista con Proceso que la “mordaza preventiva” que les impone la sentencia “es un caso evidente de censura preventiva digna de una dictadura, donde había que darle los textos al censor antes de publicarlos. En ese sentido es un retroceso gigantesco”.

Excorresponsal de El País durante 22 años en Lisboa, Roma y París, Mora apuesta a que el recurso que presentarán en la Audiencia Provincial de Madrid antes del 1 de febrero subsane el auto de la juez; sin embargo, lamenta que esto siente “un precedente tan terrible”.

“Porque no creo que haya habido en la democracia española un caso parecido a este en que una jueza decida que el honor del protagonista de una noticia que se siente perjudicado, nos impida publicar nada más sobre el asunto.”

Sostiene que esta sentencia se inscribe en un “retroceso general del país, en especial de una parte de las élites” de España, que empujan “hacia la vuelta a los años más oscuros del franquismo, una nostalgia de los tiempos donde no había democracia, y por eso es todavía más inquietante. Está claro que no es un error técnico, sino una medida nostálgica”.

El entrevistado recuerda que en los últimos años, desde la aprobación de la Ley Mordaza en 2014 por la mayoría del Partido Popular, durante el gobierno de Mariano Rajoy, se fue escalando en condenar por delitos de opinión, como sucedió con un par de titiriteros, con tuiteros, cantantes y raperos, “y la escalada se ha ido agrandando y llega a los medios, creo que forma parte de ese clima de amordazar la libertad de pensamiento y de crítica; todo forma parte del mismo retroceso”.

Desde la aprobación de esa ley, afirma, se ha ido reflejando la mayor discrecionalidad de los jueces sobre los presuntos delitos de opinión. “Y aquí se combina con una peculiaridad muy española, que es la pervivencia del honor como fuente de impunidad. Es una pervivencia de un rasgo medieval y franquista”, que se convierte en un arma terrible, porque “baste que cualquiera se sienta ofendido en su honra por algo, aunque no se le haya insultado, para que se plantee pedir 600 mil euros a un medio de comunicación, cuyo presupuesto anual son 500 mil; entonces es una pervivencia peligrosa para la libertad de información y de prensa”.

Mora recuerda que cuando el actor se mostró ofendido rectificaron la información, se suprimió un párrafo y se modificó el titular en aras de un entendimiento, lo cual los absolvió de la vía penal; sin embargo, en la vía civil no se pudo, y fue aún peor porque prácticamente se juzgaron “las intenciones” de dicha noticia.

CTXT lo explica así en un editorial dirigido a sus lectores, en el que advierte una “nueva forma de censura”, porque “no basta para eludir una condena con que el periodista contraste diligentemente la veracidad de la noticia”, sino que además, “si hay un tono crítico, debe cuidar de que nadie la interprete mal y de que el aludido no se sienta herido. Esto se entendería bien si las expresiones utilizadas en la información fuesen injuriosas, si la intención principal fuese hacer daño al personaje”, lo que no es el caso. Es, por tanto, “un nuevo modo de censura castigable (con dinero y boca cerrada)”.

Aunque la multa es menor, 5 mil euros –que los miembros de CTXT recurrirán en los tribunales para que se rectifique, incluso, si es necesario llegar al Tribunal Constitucional–, Mora explica que su objetivo es difundir el caso de la publicación que dirige, para que periodistas y juristas discutan la sentencia y la evalúen. “La campaña se trata más de una defensa democrática del derecho a la información”.

La Federación Internacional de Periodistas rechazó la sentencia porque publicar una noticia veraz y elaborada según los parámetros profesionales del periodista, sin contener ofensas personales, pueda suponer “una violación del derecho al honor”. Peor aun, la imposición de “una censura previa supone una amenaza a la libertad de información, impropia de un país democrático”.

En términos similares se pronunciaron la Federación de Sindicatos de Periodistas, la Agrupación de Periodistas de la Unión General de Trabajadores y la Federación de Asociaciones de Periodistas de España.

La sátira, al paredón

Desde su nacimiento, en 2012, la revista Mongolia recurrió a distintas expresiones culturales, incluida Mongolia: El Musical, una obra satírica en la que subían a escena los cartonistas Darío Adanti y Edu Galán, con el apoyo de Fernando Rappa y Pere Rusiñol, con su sátira descarnada y divertida.

En noviembre de 2016, para una serie de presentaciones en Cartagena (Murcia, sureste de España), elaboraron una viñeta de promoción con la figura de la Virgen de la Caridad, patrona de la ciudad, con la cara del entonces recién estrenado huésped de la Casa Blanca, Donald Trump, y en su regazo Hillary Clinton. Esto provocó una airada reacción de los sectores ultracatólicos, que demandaron a Mongolia –demanda que se archivó–, protestaron e insultaron a las puertas del teatro y el obispo del lugar encabezó una “misa de desagravio” para la virgen.

En entrevista por separado, Pere Rusiñol, uno de los fundadores de la revista y responsable de la sección “seria” de Mongolia, “Reality News”, dice que ante la airada reacción modificaron el cartel promocional para bajar la tensión, por uno en el que aparece un extraterrestre con la cara del torero retirado José Ortega Cano, sosteniendo entre sus manos un cartel con el texto “antes riojanos que murcianos” y diciendo “Estamos tan agustito” y la leyenda “Viernes de dolores… sábado de resaca”.

Esta figura del toreo en aquel tiempo había sido tema principal para la prensa del corazón, porque mientras manejaba ebrio había atropellado y matado a un hombre.

“Cuando nacimos en 2012 hicimos una radiografía sobre el retroceso respecto de la explosión creativa y de disidencia cultural que hubo en la España de los ochenta, justo después de la transición; un retroceso que se acaba reflejando en la legislación con la Ley Mordaza, y hace más difícil que salgan expresiones satíricas de este tipo.

"Por eso creamos Mongolia, no sólo como proyecto cultural, sino como un proyecto político, activista, en la medida en que aspira a crear un marco favorable a la libertad de expresión de la sátira y de la disidencia cultural, superior al que tenemos en el país. Lamentablemente, nuestro diagnóstico se ha visto confirmado y dibujando progresivamente un terreno de juego cada vez más chico.”

Tras un largo peregrinar en tribunales, finalmente, en diciembre pasado, la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo condenó a la empresa editora de la revista a pagar 60 mil euros, entre indemnización al torero (40 mil euros), costos del juicio e intereses, en el que asegura que Mongolia anunciaba un “concierto”, lo cual no tiene relación con el espectáculo de sátira política, y por el hecho de que lucraron con el mismo.

El tribunal acuerda que el cartel promocional de Mongolia vulneró el “derecho al honor” y a “la propia imagen” de Ortega Cano, al divulgar un fotomontaje que se hizo con “escarnio” del demandante, “en su día, figura del toreo”, y “centraba la atención del espectador en la adicción del demandante a las bebidas alcohólicas, reviviendo así un episodio de su vida por el que ya había cumplido condena, y en definitiva atentando contra su dignidad”.

Para Rusiñol, el tribunal demostró que no tienen sentido de lo que es la sátira profesional y “como si la sátira no estuviera permitida, lo que sería inaceptable en un país de la Unión Europea.

“La sentencia demuestra que los magistrados no tienen la menor idea de lo que es la sátira y lo que supone en Occidente, en las democracias avanzadas. Cuentan mis compañeros que en una comparecencia del juicio, la magistrada les dijo: ‘¿Saben que lo que ustedes hacen molesta?, ¿por qué lo siguen haciendo?’. Eso es deprimente”.

En su opinión, esta sentencia choca con la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, al que España está sometido, que permite la sátira de un personaje público, aun con fines comerciales, y “esto simplemente ha dejado un estado de ánimo contrario a la disidencia”.

Recuerda que la propia viñeta del cartel buscaba, “como hacen en otras regiones de España, hacer un guiño a situaciones, personajes o episodios locales, como en Cartagena sobre un torero que vive de vender su vida a las revistas del corazón y nuestra crítica legítima denunciaba la doble vara de medir de la justicia con la gente famosa, cómo se enaltece a los toreros en este país a pesar de que se haya cometido el delito de matar a una persona por conducir borracho”.

Las viñetas de sus carteles promocionales, sostiene, son un anticipo de la sátira que los seguidores iban a ver en la obra de teatro, “pero esta condena nos demuestra una España muy antigua”.

–¿En España se está perdiendo el sentido del humor? –se le inquiere.

–Eso pensamos nosotros. Es lo que estamos viendo en los últimos años con los titiriteros (dos titiriteros presos por “enaltecimiento al terrorismo” por satirizar en una obra de guiñoles que a una bruja se le fabrican pruebas policiales por poseer una ‘albóndiga-bomba’ y un cartel que dice “Gora-Alka-ETA”, que era un juego de palabras humorístico), con tuiteros y con raperos.

Rusiñol sostiene que gracias a una campaña de crowfunding y la solidaridad de sus lectores consiguieron recaudar el monto de la multa, pero que su propósito es recurrir el caso incluso ante el Tribunal Constitucional pero, sobre todo, ante las instancias jurisdiccionales europeas.

“No es cuestión de pagar o no la multa –que no nos gusta nada pagar a ese señor–, sino pedir ayuda a Europa para que nos ayude con la jurisprudencia mucho más avanzada que tiene y evitar que sigamos reduciendo el terreno del juego para la disidencia cultural y la sátira en nuestro país. No es sólo denunciar, sino que no suceda; de lo contrario la sátira no se podría ejercer de manera profesional, porque está el ánimo de lucro, y además tendríamos que pedir permiso al satirizado para que autorice reírte de él. Eso hace que en la práctica no sea posible y nuestro propósito es que una sentencia en Europa deje muy en claro que esto es posible en España”.

Hasta ahora, la solidaridad con Mongolia ha rebasado las fronteras. Hay cartonistas y revistas satíricas de Argentina, Chile, Italia y México que han expresado públicamente su apoyo, entre ellos el cartonista mexicano Rapé y los Chamucos.

Este reportaje forma parte del número 2309 de la edición impresa de Proceso, publicado el 31 de enero de 2021 y cuya versión digitalizada puedes adquirir aquí

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