Aborto
El paso siguiente, la amnistía
Verónica Cruz, defensora de los derechos humanos y directora del Centro Las Libres, con sede en Guanajuato, celebra que la SCJN haya invalidado el entramado jurídico que desde el Estado criminaliza a las mujeres que interrumpen el embarazo o sufren abortos espontáneos.Verónica Cruz, defensora de los derechos humanos y directora del Centro Las Libres, con sede en Guanajuato, celebra que la Suprema Corte haya invalidado el entramado jurídico que desde el Estado criminaliza a las mujeres que interrumpen el embarazo o sufren abortos espontáneos. Para ella, el alto tribunal le dio así contenido jurídico a una de las permanentes demandas del movimiento feminista y crea las condiciones para que otras mujeres, penalizadas no por aborto, sino por supuestos delitos relacionados con éste, se beneficien de la Ley de Amnistía del gobierno federal.
GUANAJUATO, GTO. (Proceso).- Los criterios aprobados por el pleno de la SCJN para despenalizar el aborto y contra la reforma que establece el derecho a la vida desde la concepción, abren la puerta a la eliminación de ambos principios en las constituciones de todos los estados, pero también podrá favorecer a mujeres que son criminalizadas por otros delitos que en realidad sancionan su libertad sexual y reproductiva.
Mujeres actualmente presas por delitos relacionados con el aborto podrían ser beneficiadas indirectamente por las resoluciones asumidas por la SCJN y favorecidas de inmediato por la Ley de Amnistía del gobierno federal, que hasta ahora no las ha contemplado.
Así lo señala Verónica Cruz Sánchez, directora del Centro Las Libres, que desde su fundación, hace 20 años, acompaña procesos de interrupción del embarazo y defiende los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres. En su trayectoria, Cruz Sánchez se ha enfrentado a un entramado jurídico que desde el Estado se aplica a mujeres que por diversas circunstancias interrumpen o ven interrumpidos sus embarazos.
“Pero no lo aplican a todas, sino a mujeres de ciertas características: indígenas o en condiciones de pobreza, de exclusión, marginación, baja escolaridad, o incluso que han sido víctimas de violencia sexual, muchas de las cuales ni siquiera saben que nunca han cometido un delito” y son procesadas y sentenciadas por estos supuestos “delitos relacionados con el aborto”: homicidio en razón de parentesco del producto de la gestación, infanticidio, filicidio, omisión de cuidados…
Actualmente hay más de 200 mujeres que cumplen penas por esos delitos en penales del país, cuando en realidad sufrieron abortos, puesto que al solicitar la información específica a las autoridades estatales sobre las condiciones en que presuntamente cometieron los homicidios, Las Libres se encontraron con que habían sido antes del término de la gestación o durante el parto, “y está claro que, según los códigos penales, el aborto es la muerte provocada del producto en cualquier momento de la preñez. Entonces no había razón para que las sentenciaran por homicidio en razón de parentesco”.
Sólo unas 80 de ellas están en prisiones de Baja California, pero también fueron sentenciadas en las mismas circunstancias mujeres en Chihuahua, Querétaro y la Ciudad de México, entre otras entidades.
Aunque para esas mujeres no aplicaría directamente el criterio aprobado por la SCJN, la organización espera que haya un impacto indirecto para ellas “porque en realidad se les está sancionando la no maternidad, o que no hayan terminado siendo madres como se les pretendió imponer”.
A esas mujeres –dice Cruz Sánchez– las tiene que ubicar el Estado, encontrarlas en esas prisiones estatales, entrevistarlas, construir sus casos y tendrían que resultar beneficiadas por la Ley de Amnistía impulsada por el actual gobierno federal.
“Por poner un ejemplo, sabemos que hay 83 mujeres en ese supuesto (sentenciadas por homicidio en razón de parentesco en lugar de aborto) en las cárceles de Baja California, pero no conocemos en cuál. Pienso que el criterio de la Corte no les aplica, pero desde hace dos años que está la Ley de Amnistía, el Estado tendría que estarlas sacando si las metió allí injustamente; muchas de ellas ni siquiera saben que no cometieron un delito”, reitera la directora de Las Libres.
El estigma
La organización con sede en Guanajuato ha visto estos casos en prácticamente todo el país. Actualmente asesora en los casos de tres adolescentes de Yucatán que sufrieron abortos espontáneos y fueron procesadas penalmente en el sistema de justicia para adolescentes, acusadas de homicidio en razón de parentesco.
También acompañó a 15 mujeres –entre ellas varias niñas– en procesos de interrupción de embarazos en hospitales públicos de Guanajuato de 2017 a la fecha, tras haber sido violadas; la mayoría de ellas no presentó denuncia penal.
Desde 2017, 39 mujeres han tenido acceso a esos servicios de interrupción voluntaria de la gestación en casos de violación en hospitales de la Secretaría de Salud del estado, conforme a la aplicación de la Norma Oficial 046.
Información proporcionada por la Secretaría de Salud refiere que en 2017 se practicaron abortos en este contexto a cinco mujeres, entre ellas una niña de 11 años; en 2018 a tres niñas de 12, 13 y 14 años, y hasta septiembre de 2019 a ocho mujeres, entre ellas una niña de 12 años y dos adolescentes de 15 y 16 años. Los embarazos iban desde las cuatro hasta las 28 semanas de gestación.
Pero la prueba más contundente de la criminalización de los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres –muchas veces en conjunto con el estigma social o comunitario– la encontró esta organización hace 11 años. Un 7 de septiembre –mismo día en que el pleno de la SCJN reconoció el derecho constitucional de las mujeres a decidir sobre la maternidad y autonomía reproductiva– pero de 2010, salieron del Centro de Readaptación Social de Puentecillas seis mujeres que pasaron varios años encarceladas por homicidio en razón de parentesco, cuando en realidad sufrieron abortos espontáneos.
Con una estrategia legal apoyada por la Clínica de Litigio Estratégico del CIDE y una potente denuncia pública contra la estigmatización y la criminalización de esas mujeres, con resonancia internacional, el Centro Las Libres logró la liberación de un total de nueve mujeres. Ocho de ellas cumplían sentencias por el mismo delito y habían agotado todos sus recursos legales, y una más apenas había sido sentenciada y se consiguió revocar la pena impuesta.
“Queríamos demostrarle a la población cómo operaba el delito de aborto sólo contra ciertas mujeres. Encontramos mujeres del corredor industrial, jóvenes, estudiantes universitarias. La mayoría de las mujeres saben del aborto con Misoprostol, busca el Protocolo de la Organización Mundial de la Salud (que cualquier mujer puede aplicar para tener un aborto en su casa o con un acompañamiento), pero, al estar solas o asustarse, llegaban a hospitales públicos” y ahí, si les tocó un enfermero o una trabajadora social o un médico que llamó al Ministerio Público, éste inició una carpeta.
Entre 2000 y 2008, en Guanajuato 130 mujeres fueron denunciadas por aborto, aunque en promedio estuvieron de uno a tres días en prisión al seguir sus procesos en libertad bajo fianza. Pero la mayoría fueron declaradas culpables y cumplieron penas fuera de prisión, con trabajo comunitario y otras medidas, según documentó el Centro Las Libres.
Al hacer esta revisión, Las Libres detectaron ese conjunto de delitos “relacionados con aborto”: “Muchas de las mujeres que sí están en prisión por delitos relacionados con el aborto ni siquiera saben que cometieron un delito, por esa carga social de ‘tuve un producto de gestación que se me vino en un aborto espontáneo, dicen que maté a mi hijo’, cuando no mató a nadie, cuando un aborto espontáneo ni siquiera es un delito”, explica Cruz Sánchez.
Las nueve mujeres encontradas en esas circunstancias por Las Libres en penales de Guanajuato habían sufrido abortos espontáneos, partos prematuros o emergencias obstétricas; una de ellas había sufrido violación y estaba en la cárcel a pesar de que el Código Penal de Guanajuato prevé que en estos casos se omita la sanción.
Todas esas mujeres tenían historias similares: algunas ni siquiera sabían que estaban embarazadas, fueron a hospitales y de allí alguien llamó al Ministerio Público. El personal médico las acusó de aborto.
Sin embargo, tanto la Procuraduría de Justicia como el Poder Judicial del estado acabaron acusando y sentenciando a esas mujeres no por aborto, que está tipificado en el Código Penal del estado con un castigo de hasta tres años de prisión, sino por homicidio en razón de parentesco, cuya pena máxima es de 35 años.
Las nueve mujeres tenían sentencias de 10 hasta 29 años de prisión; dos llevaban ya ocho. Un año antes de que se obtuviera su libertad, en 2009, la mayoría de diputados del PAN en el Congreso del estado había impulsado la reforma al artículo 1 de la Constitución para establecer “la protección de la vida desde la concepción y hasta la muerte natural”.
La presión ejercida a través de medios de comunicación y la clínica del CIDE por Las Libres llevó a los tres poderes del estado, gobernado por Acción Nacional, a acordar una reforma legal para adicionar un párrafo al delito de homicidio en razón de parentesco que las benefició para obtener su libertad inmediata: “A la madre que prive de la vida a su hijo dentro de las 24 horas inmediatamente posteriores al nacimiento de éste, y además dicha privación sea consecuencia de motivaciones de carácter psicosocial, se le impondrá de tres a ocho años de prisión”.
Después, el Congreso local –también con mayoría del PAN– modificó ese párrafo y aumentó la pena de seis a 10 años de prisión.
Ahora, resalta la defensora, la Corte ha tomado todo lo que el movimiento feminista ha venido señalando desde hace más de 30 años, particularmente con el criterio asumido al declarar inconstitucional la reforma en los estados para establecer “el derecho a la vida desde la concepción”, principalmente impulsado por el PAN con respaldo del PRI.
De esa forma, considera, “se está reforzando que somos las mujeres, y no el producto, las que somos sujetas de derecho y que esas reformas pueden inhibir el ejercicio de los derechos de las mujeres”.
Esas reformas, “que además son de origen ideológico de los partidos, hoy son inconstitucionales. Y mientras logramos que se eliminen de las constituciones locales junto con la eliminación del tipo penal de aborto, ya no pueden constituir una barrera para el acceso de las mujeres a los servicios de salud para la interrupción de un embarazo argumentando que hay que proteger la vida prenatal. Los servicios de salud están listos para atender a las mujeres y ellas lo tienen que saber”, advierte la activista.
Hasta julio pasado, el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública tenía 432 carpetas abiertas por aborto en todo el país.
En Guanajuato, el año pasado se iniciaron 30 carpetas de investigación en la Fiscalía General local por el delito de aborto, y otras 18 de enero a julio de este año. Varias de esas carpetas se han cerrado, pero las que estén vigentes, gracias al criterio de la Corte tendrán que cerrarse por el Ministerio Público o por jueces.
“En los casos que hemos acompañado por Las Libres, hemos ido poniendo contenido al derecho de las mujeres al aborto. Pero hoy la Suprema Corte, de manera histórica y utilizando todo lo que las feministas sabemos y hemos venido diciendo, avanza en esos argumentos y le da contenido jurídico al derecho de las mujeres a decidir.”