Patrimonio cultural

El saqueo de bienes culturales

La pandemia agravó el tráfico ilícito de este patrimonio, como reconoció en noviembre de 2020 Audrey Azoulay, directora general de la Unesco, e hizo más evidentes y mediáticas las subastas en reconocidas casas internacionales, especialmente las francesas, afectando los bienes mexicanos.
domingo, 9 de enero de 2022 · 15:22

La pandemia agravó el tráfico ilícito de este patrimonio, como reconoció en noviembre de 2020 Audrey Azoulay, directora general de la Unesco, e hizo más evidentes y mediáticas las subastas en reconocidas casas internacionales, especialmente las francesas, afectando los bienes mexicanos. Qué tanto se ha trabado y qué tanto se ha avanzado en el tema es el análisis crítico que el doctor Jorge Sánchez Cordero realiza en entrevista, luego de que la Asamblea General de la ONU reafirmó este diciembre la restitución a los países de origen, que México acaba de suscribir.

CIUDAD DE MÉXICO (Proceso).– Para el especialista en legislación internacional Jorge Sánchez Cordero el tráfico ilegal de bienes culturales es un tema en extremo complicado, que la pandemia agravó con la proliferación de subastas internacionales, sobre todo francesas, y que perjudicó particularmente a México. Acota, sin embargo, que el ilícito mayor se produce con Estados Unidos:

“No todo es París ni todo son subastas.”

En entrevista con Proceso, de donde es colaborador permanente, el doctor en derecho por la Universidad Panthéon-Assas­ (París) hace un recuento de lo logrado por el Instituto Internacional para la Unificación del Derecho Privado (Unidroit), de cuya Asamblea General es presidente, evidenciando las limitaciones de ese instituto y de la propia Convención contra el tráfico ilícito de bienes culturales, promulgada en 1970 por la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (Unesco).

“Está rebasada desde su origen”, dice, pues esa misma institución la ha sacralizado y ha preferido no corregirla para no obstaculizar que la suscriban o ratifiquen los Estados parte.

El autor de Las disfunciones culturales mexicanas, entre otros libros, comparte que la resolución, en la cual Unidroit venía trabajando desde los años ochenta –para la restitución de bienes culturales a los países de origen–, ha sido reafirmada por la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas (ONU). Y en días pasados fue aprobada por el gobierno de México y publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

Vía telefónica, detalla los entretelones de este proceso que arrancó hace 26 años y que inicialmente fue rechazado por varios gobiernos cuyos países han sido paraíso para los traficantes de arte, y destaca que el acuerdo abre “un campo de libertad” al quitar a los Estados la hegemonía en el combate del ilícito y permitir a coleccionistas privados pelear por la recuperación de sus piezas robadas.

Estado y particulares

Recuerda como uno de los grandes pillajes de bienes culturales en la historia reciente el perpetrado durante la segunda Guerra Mundial por el nazismo, aunado al llamado verbotene kunz (arte prohibido), sobre el cual “ya se han escrito torrentes de tinta”, y la destrucción del patrimonio. Alemania decidió a raíz de ello incluir en su Constitución la protección de la libertad artística como norma suprema. Y convocó a una convención, “la de 1954”, referida a la “protección de los bienes culturales en casos de conflicto armado”.

Para Sánchez Cordero esa convención fue esencial, pues introdujo el concepto de bienes culturales, y porque se acompañó de un Protocolo para prevenir su exportación de un territorio ocupado y, en su caso, exigir su retorno. Fue reforzada con el Segundo Protocolo, de 1999.

Al pasar el tiempo, sigue el especialista, México y Perú consideraron necesario proteger en el ámbito internacional su patrimonio cultural, “sujeto a un pillaje sistemático”. Nuestro país estaba particularmente interesado porque ha sido “objetivo natural del tráfico ilegal”, especialmente de patrimonio arqueológico.

Entonces ambos países lanzaron una convocatoria en la Unesco para empujar mecanismos de freno, con lo cual comenzó a formalizarse lo que devendría Convención de Unesco de 1970 Medidas para prohibir e impedir la importación, exportación y la transferencia de propiedad ilícita de bienes culturales.

Tras destacar que es un gran eje que regula el tráfico ilícito en tiempos de paz, el experto en derecho narra las vicisitudes a las que se enfrentó México para lograr su aprobación, entre ellas convencer a Estados Unidos de participar. Enfatiza:

“Es importante que se sepa: Contrariamente a las subastas parisinas, que son de alto impacto mediático, el tráfico ilícito realmente importante lo tenemos en Estados Unidos. Es obvio, ahí están las subastas de Sotheby’s y de Christie’s, de las que he estado dando cuenta puntualmente (en sus colaboraciones en Proceso)”.

Por esa razón México quería llevar al vecino país a la mesa de negociaciones y comprometerlo en el problema del tráfico ilícito, pero “muy al estilo estadunidense, cuando estábamos próximos a aprobar la Convención de 70, Estados Unidos saca unos meses antes un nuevo texto y dice: ‘sin él, sencillamente nos levantamos de la mesa, o se aprueba o nos vamos’.

“Fue una sorpresa, un desconcierto enorme en la comunidad internacional. México reacciona, dice: ‘no, si Estados Unidos se levanta de la mesa nos quedamos con los países altamente exportadores, los países de origen, y qué sentido tiene una convención de esa naturaleza’.”

(Aclara aquí Sánchez Cordero que el término exportador no significa realmente que haya países que “exportan” su patrimonio y otros que lo “importan”, en realidad el tráfico ilícito se da entre particulares. Hay un propietario desposeído, en nuestro caso el Estado mexicano, y un “tercer adquirente”, el comprador, que pudo hacerlo o no de buena fe.)

La convención tuvo muchos problemas desde el inicio, pero uno de los más importantes, a decir suyo, es la restitución de los bienes culturales, que Sánchez Cordero explica: Cuando un país quiere reclamar su patrimonio, de acuerdo con Unesco 70, debe acudir a la jurisdicción del país en el cual se encuentra el bien, someterse a sus leyes y probar que fue sustraído ilegalmente de su territorio.

“Tales circunstancias hacían nugatoria la restitución. Otro de los elementos que caracteriza la Convención de 1970 es que rige únicamente entre Estados y se privilegia la vía diplomática.”

De esta manera, cuando México reclama un bien, la respuesta es que Unesco aplica entre Estados. El país donde está el patrimonio argumenta que su legislación es diferente a la nuestra y no puede obligar a sus particulares a restituir bienes culturales, porque están protegidos por sus leyes internas.

En suma, precisa, el artículo 7 II referente a la restitución se neutralizó.

“Obviamente, el tráfico ilícito siguió, y lo que prometía ser la gran convención reguladora o por lo menos normativa no dio los resultados que queríamos. Pero Unesco se empecina, empieza a solicitar ratificaciones aunque sabe que la convención cojea fuertemente de ese pie… la restitución es un talón de Aquiles muy serio.”

Sin la restitución quedaba en juego la propia convención. Pero Unesco considera que se habría visto muy mal que cuando apenas pedía la ratificación de los Estados, se solicitara su modificación o revisión, entonces simplemente dice: “Pónganse de acuerdo y nos avisan para comenzar a ratificar”.

El doctor en derecho precisa que el tráfico ilícito es un conflicto de intereses entre un Estado, o propietario, que se dice desposeído, y el tercer adquirente, llámese de buena fe o no, que argumenta haber comprado bajo su propia legislación. ¿Quién podría resolver o armar una normativa para este conflicto entre dos personajes en el ámbito internacional, reconociendo (al contrario de Unesco) que no es entre Estados, sino entre particulares?, pregunta. Porque ni México se dedica a exportar, ni Alemania, Estados Unidos, Francia, Países Bajos o Suiza a importar, “son los particulares los que arman estos escenarios”.

Nuevo concertador

Fue en ese contexto que se convocó a Unidroit –con sede en Roma–, organismo dedicado a resolver conflictos derivados de los vínculos contractuales entre vendedor y comprador, enajenante y adquirente, mediante modelos, acuerdos y convenciones internacionales, y desde diferentes ópticas. Unesco le pide resolver el artículo 7 II referente a la restitución de bienes.

Entonces él ya era miembro del Consejo Directivo de Unidroit, y le dicen: ‘Jorge, es un tema para ti porque vienes de un país donde el tráfico ilícito es proverbial, seguramente tienes altísimo interés”. Y, en efecto, indica, ha tenido mucho interés en desarrollar una convención de esta naturaleza.

Desde los años ochenta del siglo pasado comenzó a establecer una metodología para explorar la relación entre vendedor y adquirente cuyo objetivo es lograr acuerdos. Citó a los llamados países exportadores y a los importadores, a quienes decide llamarles países “de origen” y países “destino”. Integraron alrededor de 150 a 200 puntos que fueron descartándose, pues la mayoría de los países destino no quería discutirlos.

Finalmente logró consenso para un primer borrador con 20 puntos, con el fin de construir una convención internacional. Iba cabildeando, haciendo mejoras, reelaboraba preceptos, sometía de nuevo a juicio, siempre –subraya– respetando los tiempos diplomáticos que requieren este tipo de instrumentos, hasta lograr la convención final, establecida en 1995.

Se convoca entonces a una conferencia diplomática, a la cual asiste México, desde luego, y Sánchez Cordero como vicepresidente de Unidroit, y se aprueba el texto en su conjunto. Orgulloso de su trabajo, destaca que, a diferencia de la Convención de Unesco 70, hecha en tres semanas, la de Unidroit no tiene ambigüedades jurídicas, está bien hecha e incluso “su prosa es elegante, en francés y en inglés”. Se le incorporó el mismo concepto de “bienes culturales” de la Unesco para no “generar una Torre de Babel”:

En el ámbito internacional existe la convicción de que todo robo debe ser castigado, así que no costó mucho impulsar la idea de que los bienes culturales robados deben ser restituidos, “es la máxima inicial de ese capítulo”.

Y no obstante no fue tan fácil, explica, porque todos los países tienen principios para hacer viable su comercio. Uno de ellos es la presunción de legalidad. Pone como ejemplo que si un comprador entra a una tienda departamental no siempre exige factura, porque al tratarse de un mercado público presume que su compra tiene la legalidad necesaria, ello protege al tercero, es decir, al que paga y adquiere.

A ese tipo de sistema de legalidad pertenecen muchos países, como Alemana, Francia, toda Europa continental de hecho, e incluso México. No así para el comercio del arte, en donde se adopta la máxima: Todo bien cultural debe ser restituido.

La convención de Unidroit ha analizado el concepto de compra de buena fe. Y, en ese sentido, encontró que incluso dentro de México, en los códigos civiles de las 32 entidades federativas, puede haber diferencias, más entre países y continentes. Entonces, no era técnica ni jurídicamente operativa.

Unidroit optó por otra noción de origen anglosajón, due diligence o diligencia requerida (utilizado en esta convención por primera vez en el derecho internacional). Se establece que el adquirente que restituirá un bien tiene derecho a una indemnización, siempre y cuando demuestre que no proviene del tráfico ilícito. Eso sí fue aceptado por la comunidad.

Paso a pasito…

Además se invirtió la carga de la prueba. A diferencia de Unesco, que pide al país de origen demostrar que el bien en discordia salió ilícitamente de su territorio, es el adquirente quien debe demostrar que no proviene del tráfico ilícito. Sólo así recibirá la indemnización y, además, “si y sólo sí, adicionalmente, nos da información suficiente de dónde lo adquirió, porque quiero saber exactamente quiénes están traficando con mi patrimonio”.

–¿Y si han colaborado?

–Bueno, el problema no ha terminado.

Menciona entonces que otro aspecto de Unidroit es el patrimonio cultural precolombino, un tema básico para México. Se señala que todo bien retenido proveniente de excavaciones lícitas o ilícitas, se considerará robado y deberá ser restituido.

Y se introdujo la idea de indubitabilidad de los objetos. Unesco pedía realizar inventarios sobre los patrimonios y que el bien sustraído estuviera ahí, Unidroit establece que si se habla de una vasija mixteca, un objeto zapoteco o maya, no hay duda de que no es europeo, hay una pertenencia cultural. La idea se hizo extensiva al patrimonio religioso de las comunidades indígenas. Entonces se crea la idea de conjuntos, por ejemplo de Cusco, Machu Picchu, Chichén Itzá, Tikal, Calakmul, y todo bien procedente de ellos está protegido.

El experto reconoce que el tema del tráfico ilícito es delicado, y naciones como Estados Unidos, Francia o Países Bajos argumentan que no se les puede imponer un orden jurídico contrario a sus leyes de comercio interno, con el argumento de su carácter cultural.

En ese sentido, indica que Unesco delega a los Estados nacionales la determinación de la culturalidad del bien, y eso crea un problema de hegemonía cultural que deja fuera a los coleccionistas privados que han sido robados. En cambio Unidroit les permite emprender acciones para demandar la restitución de sus bienes. Se abrió, pues, un espacio de libertad.

Destaca que la convención de Unidroit ha sido ratificada por prácticamente todos los países de América Latina y el Caribe, también en Egipto, la región del Magreb, Irán, en fin… está siendo exitosa.

Al mismo tiempo reconoce que el tráfico ilícito no ha parado y que el proceso de ratificación en más países es lento. Pero ha habido cambios, “éramos una punta de ilusos, pero ahora ya no tan ilusos, porque logramos incriminar a quienes profanaron las tumbas islámicas de Timbuctú, se aprehendió a esa banda de terroristas islámicos y están sentenciados por la Corte Penal Internacional (de La Haya)”.

De alguna manera el hecho evidenció, dice, que muchos grupos terroristas empiezan a financiarse con el mercado internacional de bienes culturales, y eso ha sido motivo de preocupación para países como Estados Unidos y algunos europeos. A tal punto, subraya, que el Consejo de Seguridad de la ONU, renuente siempre a tocar el tema por considerarlo del ámbito de la Unesco, ha dictado una serie de resoluciones (detalladas por él en algunos de sus ensayos en Proceso).

Ahora espera que el Consejo de Seguridad, que maneja un equipo de monitoreo, le dé seguimiento al tema, y sobre todo a las sanciones que son vinculantes para toda la comunidad internacional:

“Comenté en Cancillería que debemos trabajar en esa matriz para frenar el tráfico, porque no todo es París, no todo son subastas, es un tema mucho más complicado y complejo.”

Comenta que en Estados Unidos, durante la administración de Obama, se libró una limitación cuando se prohibió la importación de bienes culturales provenientes de zonas de conflicto. Algunos países, como Alemania están tratando también de frenar el tráfico ilícito. Pero en Francia sigue protegiéndose el comercio porque la tradición de las subastas es centenaria, y no se ha aceptado modificar su sistema legal sólo por el tema de la culturalidad.

El pasado 10 de diciembre, Unidroit informó que en su 44 sesión plenaria del día 6 del mismo mes, la Asamblea General de la ONU adoptó por unanimidad la resolución “Devolución o restitución de bienes culturales a los países de origen”, propuesta por Grecia y apoyada por un número “sin precedente” de 111 países sin votación, lo cual “reafirma la importancia de la convención de Unidroit de 1995”.

Sánchez Cordero celebró asimismo que en el DOF se publicara el decreto mediante el cual el Senado de la República aprueba ese convenio.

Ahora el organismo se ha propuesto poner el foco en el tema de la legalidad o en el certificado de procedencia de bienes culturales, para que los bienes culturales que carezcan de soporte legal no puedan ingresarse a la Unión Europea. Así se impulsó en la reu­nión del G20 de mayo pasado. A ello atribuye que se hayan disparado las subastas, ?porque lo que se está buscando es la legalización de los bienes culturales a través de un mercado público.

–¿Entonces no es que estén saliendo piezas prehispánicas del país ahora?

–No puedo decir si están saliendo o no bienes culturales, pero no es el caso de lo que se está subastando. Por eso el Consejo de Seguridad de la ONU ha involucrado a grupos terroristas y organizaciones criminales.

–En el caso de nuestro país, ¿también hay grupos criminales participando en el tráfico ilícito?

–No tengo datos precisos pero sí puedo decir, porque lo he comentado con mis amigos estadunidenses, que los bienes culturales, tristemente extraídos de regiones en conflicto, siguen las mismas rutas que la droga, el tráfico de armas, la trata de personas. Los bienes culturales están en cuarto lugar.

–Lo que hace la Secretaría de Cultura al enviar cartas a las casas subastadoras para que cancelen las ventas, ¿realmente ayuda?

–Yo creo que el gobierno de México ha emprendido acciones vigorosas –quiero decirlo– a través de la cancillería, porque aquí lleva la pauta la cancillería, y ha hecho mucho el consultor jurídico, Alejandro Celorio, una persona muy echada para delante que ha emprendido acciones interesantes en el ámbito europeo.

“Claro, en este momento tenemos una cascada, sobre todo en el ámbito parisino, que ha sido de alto impacto, y no quiere decir que nos quedemos cruzados de brazos, pero las acciones de legalidad no son de alto impacto, tienen sus propios tiempos.”­ 

Reportaje publicado el 2 de enero en la edición 2357 de la revista Proceso cuya edición digital puede adquirir en este enlace.

Comentarios