Ordena la Corte liberar a indígena implicado en masacre de Acteal

miércoles, 26 de septiembre de 2012 · 19:13
TUXTLA GUTIÉRREZ, Chis. (apro).- Por unanimidad, los ministros de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenaron la inmediata liberación de Manuel Santiz Pérez, acusado de participar en la masacre de 45 personas ocurrida en Acteal, Chiapas, en diciembre de 1997. De acuerdo con la resolución, la Procuraduría General de la República (PGR) –como la parte acusadora– violó el debido proceso legal y las garantías del acusado, ya que fue “juzgado con base en pruebas falsas”. Por ello, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, ministro presidente de la Primera Sala de la SCJN, instruyó a la Secretaría de Acuerdos “para que notifique a través de los medios más expeditos a las autoridades correspondientes para que pongan en inmediata y absoluta libertad al señor Manuel Santiz Pérez”, preso en el penal de El Amate. Tras conocer la noticia de la liberación de Manuel Santiz Pérez, el Grupo de la Sociedad Civil Las Abejas y sus defensores –el Centro de Derechos Humanos Fray Bartolomé de las Casas– dijeron no sentirse sorprendidos por la resolución, pues “el proceso de impunidad sigue su curso”, por lo que exigirán justicia en otras instancias internacionales, como la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) de la OEA. A la fecha suman 37 los indígenas liberados por orden de la SCJN, debido a que sus juicios estuvieron plagados de irregularidades. El pasado 1 de febrero, luego de 14 años de permanecer encarcelados, la Suprema Corte ordenó la liberación de siete implicados en la masacre. Al resolver dos recursos extraordinarios de reconocimiento de inocencia, el máximo tribunal del país consideró inválidas las pruebas que se presentaron para sentenciar a 35 años a los indígenas Lorenzo Gómez Jiménez, José Ruiz Tzucut, Juan Pérez Hernández, Bartolo Luna Pérez, Agustín Pérez Gómez, Mariano Pérez Jiménez y Juan Sántiz Vázquez. En aquella ocasión, los ministros determinaron que las pruebas presentadas ante el juez federal de la causa por la PGR estaban viciadas de origen, por lo que no había elementos para que los indiciados siguieran en una prisión a esperar los otros 21 años que les faltaban para cumplir su condena. Por todas las vías posibles, a través de sus abogados defensores, los siete indígenas demostraron que ellos no dispararon en contra de los 45 indígenas masacrados ni estuvieron en el lugar de los hechos. En 2009, la SCJN resolvió los amparos en favor de 51 indígenas tzotziles que fueron acusados de perpetrar la masacre en la que perdieron la vida 45 hombres, mujeres y niños. Tras esa resolución, 29 de los indiciados fueron liberados en ese momento, mientras que en el caso de los otros 22 se ordenó dictar nueva sentencia.

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