Presenta el IFAI ante la Corte controversia contra la CNDH

viernes, 22 de octubre de 2010 · 01:00

MÉXICO, D.F., 22 de octubre (apro).- El Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI) presentó ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) una controversia constitucional contra la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), por la presunta “invasión” de atribuciones.
En un comunicado, el organismo que preside Jacqueline Peschard argumenta que la CNDH ejerció atribuciones propias del IFAI en materia de acceso a la información pública y protección de datos personales, “al proponer y adoptar, junto con el Servicio de Administración Tributaria (SAT), un Procedimiento de Conciliación, cuya pretensión es impedir el cumplimiento de la resolución que ordena hacer pública la relación de personas físicas y morales beneficiadas con la cancelación de créditos fiscales de 2007”.
Dicho procedimiento, añade, fue propuesto indebidamente por la CNDH y aceptado por el SAT, en respuesta a las quejas presentadas el 5 y 6 de abril pasado por tres personas que alegaron violaciones sobre su derecho a la privacidad.
El acuerdo fue comunicado al IFAI mediante copia de conocimiento el 31 de agosto. En respuesta, emitida el 7 de septiembre, la comisionada presidenta aclaró que el procedimiento resulta improcedente, entre otras razones, “porque el SAT no está facultado para conciliar respecto del cumplimiento de las resoluciones que emita el Instituto, toda vez que dichos fallos únicamente son susceptibles de quedar sin efecto por resolución firme del Poder Judicial de la Federación”.
En el texto, difundido este viernes, Peschard también señala que al resolver la acción de inconstitucionalidad promovida contra la reforma a la Constitución del estado de Querétaro, para fusionar a la Comisión Estatal de Derechos Humanos y a la Comisión de Transparencia y Acceso a la Información Pública del estado, “el Poder Judicial de la Federación sostuvo que los mecanismos institucionales de protección del derecho a la información no pueden estar comprendidos dentro de organismos encargados de proteger derechos humanos”.
Y añade: “El IFAI es el organismo especializado en materia de acceso a la información y protección de datos en el ámbito de la Administración Pública Federal, y no así las comisiones de derechos humanos, de acuerdo con el pronunciamiento que hizo la SCJN en el caso de Querétaro”.
Asimismo, apunta que el acuerdo de conciliación de la CNDH, que preside Raúl Plascencia Villanueva, “quebranta el esquema constitucional para garantizar el derecho de acceso a la información, hace nugatorio el ejercicio de éste y afecta la esfera jurídica de atribuciones del IFAI”.
Por la tarde, la CNDH emitió un comunicado en el que dice que respeta la decisión tomada por el IFAI, pero aclara que el artículo 105, fracción I de la Constitución establece un listado de sujetos legitimados para promover controversias constitucionales, y que el Pleno de la Suprema Corte al resolver el recurso de reclamación 58/2007, estableció que la interpretación de dicho precepto debe ser literal.
El principio que inspira estos procesos constitucionales, explica,  es el de división de poderes, por lo que debe tomarse en cuenta que el IFAI, de acuerdo con su propia ley, es un órgano de la administración pública federal.
La CNDH actúa estrictamente conforme a lo que establecen la Constitución, los tratados internacionales y las leyes que de ella emanan, por lo que el asunto que resolvió se encuentra apegado a derecho.
Y Remata:
“No obstante ello, respetuosa del sistema de competencias establecido en la Constitución, estará atenta y  acatará  la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

 

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