Ratifica la SCJN: Ejército debe juzgar a narcomilitares

lunes, 20 de octubre de 2014 · 20:17
MÉXICO, D.F. (apro).- Por seis votos contra cuatro, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que los militares acusados de narcotráfico y otros delitos federales deben ser juzgados por tribunales castrenses. Los ministros ratificaron así el criterio que la Corte fijó en 2012 sobre los límites del fuero de guerra, por el que juzgados civiles deben encausar a militares por delitos en que las víctimas sean civiles. En esta ocasión el caso sometido a revisión fue un amparo promovido por el soldado Luis Alberto Martínez Campos, condenado en 2007 por el Supremo Tribunal Militar por permitir el paso de un cargamento de mariguana hacia Estados Unidos. La ministra Margarita Luna Ramos explicó, al hablar en favor de la ponencia de Mario Pardo Rebolledo, que un grupo de elementos de la Sedena –en el que estaba Martínez Campos–, quienes resguardaban un retén en la frontera norte, permitieron “el paso de droga” y por ello fueron “son consignados a un juez militar”. Sin embargo, acotó Luna Ramos, Martínez Campos dijo que debió “haber sido juzgado por un tribunal civil, en función de que si bien es cierto que no hubo un civil involucrado en la coparticipación del delito, al tratarse de un ilícito en contra de la salud, pudiera decirse que quien está involucrada es la sociedad mexicana". No obstante, la ministra argumentó que “no existe involucrado ningún paisano como la Constitución lo determina, y que por tanto está correctamente aplicado el artículo 57, fracción II”, que señala que “si no está involucrado un civil, quien es competente para juzgarlo es el Tribunal Militar”. También sostuvo que “el hecho de que los delitos contra la salud pudieran decirse que atentan contra la sociedad, no están referidos en los artículos 13 y 57 de la Constitución, por lo que debe ser juzgado por un tribunal militar”. En contra del proyecto sufragaron el presidente de la Corte, Juan Silva Meza, así como Olga Sánchez Cordero, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, y José Ramón Cossío Díaz.

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