Multa IFE a aspirante al Senado y al PRD en Oaxaca

jueves, 9 de agosto de 2012 · 19:23
OAXACA, Oax. (apro).- El Consejo General del Instituto Federal Electoral (IFE) impuso una multa de 280 mil 485 pesos a Humberto López Lena Cruz, exaspirante del Partido de la Revolución Democrática (PRD) al Senado de la República, por utilizar de manera indebida un medio de comunicación del que él y su familia son concesionarios. Al resolver el expediente de queja número SCG/PE/EVL/CG/016/PEF/93/2012, iniciado por la denuncia que interpuso el perredista Eloy Vásquez López en contra del perredista y empresario, el IFE también determinó sancionar con 378 mil 384 pesos al PRD porque su candidato utilizó en forma inequitativa y totalmente ilegal su propia cadena radiofónica, así como la de sus padres, para autopromocionarse durante la precampaña. Luego de declarar fundado el procedimiento contra López Lena Cruz, el IFE sancionó a Radiodifusoras Unidas del Sureste, S.A., concesionario de las emisoras con las siglas XEAH-AM y XHAH-FM, así como a Bertha Cruz Toledo, concesionaria de XETEKA-AM y XHTEKA-FM. También aplicó una multa al Complejo Satelital, SA de CV, concesionario de las emisoras con las siglas XECE-AM, XHCE-FM, XEPNX-AM y XHPNX-FM, y a Humberto Alejandro López Lena Robles, concesionario XEHLL-AM y XHHLL-FM. Según la denuncia, el precandidato a senador por el PRD violó el artículo 41 Constitucional, al usar las concesiones públicas de radio para promover su imagen y con ello inducir el voto del electorado. El Consejo General del IFE consideró que aun cuando en autos no existieron elementos que permitieran a la autoridad afirmar que existió un contrato o convenio entre las concesionarias de las emisoras referidas y López Lena Cruz para la difusión de los programas informativos, “el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ha sostenido en las ejecutorias dictadas en recursos de apelación identificados con las claves SUP-RAP-22/2010, SUP-RAP-48/2010 y SUP-RAP-118/2010, que la adquisición de tiempos puede hacerse a título gratuito, pero no por ello se deja de violentar la prohibición prevista en el artículo 41 de la Carta Magna y sus correlativos en el código comicial federal”. De acuerdo con el IFE, el “candidato ciudadano” Humberto López Lena Cruz utilizó en forma “ilegal” 15 mil 495 segundos, o sea cuatro horas y media.

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