Atenderá GDF a hombres con cáncer de mama

miércoles, 7 de agosto de 2013 · 14:45
MÉXICO, D.F. (apro).- El Gobierno del Distrito Federal (GDF) publicó hoy un decreto de reforma a la Ley para la Atención Integral del Cáncer de Mama en el Distrito Federal, en el que incluye a los hombres como beneficiarios para la atención de ese mal. Según el decreto, las mujeres y hombres residentes en la capital del país tienen derecho a la práctica de mastografías con base en los criterios que se establezcan en los lineamientos de operación del Programa de Atención Integral del Cáncer de Mama del Distrito Federal y en la Norma Oficial Mexicana en la materia El acuerdo, publicado hoy en la Gaceta Oficial, también establece la obligatoriedad de la Secretaría de Salud (SS) de garantizar el acceso al Programa de Atención Integral del Cáncer de Mama a personas transgénero y transexuales que lo requieran. Los hombres, al igual que las mujeres, tendrán derecho a recibir información sobre técnicas de autoexploración y podrán someterse a mastografías en los nosocomios de la SS capitalina, según el decreto que entrará en vigor este jueves 8 y que modifica los artículos 10, 16, 20, 22, 24, 26, 33 y 34 de la ley en la materia. De acuerdo con el artículo 22, los beneficios del programa, en particular la práctica de la mastografía, aplican exclusivamente a los habitantes del Distrito Federal, quienes tendrán que cumplir con requisitos establecidos por la SS. Sin embargo, el artículo 24 señala que quienes no cumplan con los requisitos para obtener ese beneficio recibirán “información suficiente y orientación necesaria para que pueda acudir en la jornada o plazos que le corresponda”. Las mujeres y hombres cuyas mastografías indiquen resultados con sospecha, alta sospecha o confirmación de cáncer de mama “tienen derecho a recibir evaluación diagnóstica y seguimiento oportunos y adecuados por parte del personal de salud y en las unidades médicas que señale la Secretaría de Salud del Distrito Federal”, puntualiza el artículo 26 del decreto publicado. El precepto legal también detalla que la SS deberá incorporar en una base de datos la información obtenida en cada jornada de mastografías que se realice en las 16 demarcaciones territoriales, e integrar la información de las mujeres y hombres a quienes se practique examen clínico para la detección de cáncer de mama, a efecto de que se les brinde el servicio dentro del Programa de Atención Integral del Cáncer de Mama. Por su parte, las Jefaturas Delegacionales enviarán trimestralmente a la Secretaría de Salud la información obtenida en dichas jornadas, así como los expedientes clínicos que se generen. De igual manera, la SS deberá integrar un sistema de información que contenga los datos necesarios “que permitan brindar un seguimiento oportuno a las mujeres y hombres que se les haya practicado examen clínico o mastografía y presenten un diagnóstico sospechoso, altamente sospechoso o confirmado de cáncer de mama”, añade el decreto.

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