La PGR debe informar sobre avionazo en que murió el gobernador Gustavo Vázquez

martes, 25 de diciembre de 2018 · 21:34
COLIMA, Col. (apro).- Hace cinco días venció el plazo para que la Procuraduría General de la República (PGR) saque de la reserva la documentación sobre las investigaciones en torno al avionazo del 24 de febrero de 2005, en el que murieron el entonces gobernador, Gustavo Alberto Vázquez Montes, y seis personas más. El 19 de octubre de 2006, luego de veinte meses de averiguaciones, la dependencia federal sostuvo en rueda de prensa que el percance no fue producto de un atentado, además de que descartó que la caída del avión haya sido resultado de una falla humana o de condiciones meteorológicas adversas, sino que "se debió a la pérdida de control de la aeronave, provocada por una falla del sistema interestabilizador, sin que la tripulación pudiera evitar el impacto". Así también, como resultado de las investigaciones se detectó “un mantenimiento inapropiado o inadecuado que se le había dado al avión anteriormente”. El avión, un Israel Aircraft –modelo WestWind 1124–, número de serie 279, fabricado en 1980, con matrícula XE-COL, propiedad del gobierno de Colima, se desplomó en la comunidad El Zapotito, municipio de Tzitzio, Michoacán, cuando volaba del aeropuerto de Toluca al de Colima. En el percance murieron todos los ocupantes de la aeronave: el gobernador Vázquez Montes; sus colaboradores Luis Ramón Barreda Cedillo, Roberto Preciado Cuevas y Guillermo Díaz Zamorano; el empresario Alejandro Dávila, y los capitanes Germán Ascencio Faubet y Mario Torres González. El 16 de febrero de 2009, cuando estaban a punto de cumplirse cuatro años de la tragedia, este reportero solicitó a la PGR, con base en la ley de transparencia, copias simples de la averiguación previa completa de las investigaciones sobre la caída del avión, clasificada en el expediente AP/PGR/MICH/M-1/067/2005, por los delitos de homicidio, daño en propiedad ajena y lo que resulte. A través del oficio SJAI/DGAJ/00737/09, la dependencia respondió dos días más tarde que, con fundamento en los artículos 44 y 45 de la Ley Federal de Transparencia y el artículo 16 del Código Federal de Procedimientos Penales, la información solicitada no podía ser proporcionada, debido a que se encontraba reservada por un lapso de doce años. El reportero impugnó la respuesta ante el entonces Instituto Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública (IFAI), con la solicitud de que éste ordenara a la PGR sacar de la reserva y entregarle la versión pública de los documentos solicitados, “dado que se trata de un asunto concluido, y el hecho de que se conozca no afectaría ningún tipo de investigaciones". El asunto dividió las posturas de los comisionados, quienes en una votación empatada de dos votos contra dos resolvieron, con el voto de calidad de la presidenta, confirmar la reserva del expediente por parte de la PGR, con base en el artículo 16 del Código Federal de Procedimientos Penales, según el cual "la averiguación previa, así como todos los documentos, independientemente de su contenido o naturaleza, y los objetos, registros de voz e imágenes, o cosas que le estén relacionados, son estrictamente reservados". Otro de los argumentos del IFAI, basado en el mismo artículo del Código Federal, estableció que "las averiguaciones previas son reservadas, salvo por lo que hace a la resolución de no ejercicio de la acción penal, después de un plazo que se establece en relación con la prescripción del delito por el que se integró el expediente respectivo". Por orden del IFAI, la PGR informó al reportero que el expediente se encontraba en la reserva desde el 20 de diciembre de 2006 y que estaría en esa calidad por un periodo de doce años, esto es, hasta el 20 de diciembre de 2018. Inconformes con la confirmación de la reserva del expediente por parte del IFAI, los entonces comisionados Alonso Gómez-Robledo y Juan Pablo Guerrero Amparán emitieron votos disidentes en los que argumentaron que la resolución era violatoria del artículo sexto de la Constitución General de la República y de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

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