Clausura la Profeco 103 funerarias en el país

miércoles, 22 de enero de 2014 · 21:31
MÉXICO, D.F. (apro).- La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) suspendió las actividades comerciales de 103 funerarias en el país por violar normas oficiales mexicanas (NOM), así como los diferentes derechos de los consumidores. Se trata del primer operativo realizado por Pedro Luis Benítez Vélez después de que Alfredo Castillo Cervantes cediera la titularidad del organismo para encargarse de la Comisión para la Seguridad y el Desarrollo Integral de Michoacán. Esta vez, la Profeco señaló que los comercios sancionados no tenían contrato de adhesión ante la autoridad, no exhibieron las tarifas o precios en montos totales a pagar y fueron renuentes a informar términos, cargos y condiciones en sus servicios. La autoridad verificó 273 establecimientos a escala nacional, de los que 27 se encuentran en Nuevo León; 21 en Chihuahua; 17 en Sinaloa; 15 en el Distrito Federal, 11 en Chiapas, y 10 en Zacatecas. “Cabe destacar que 23 de los establecimientos del ramo se negaron a la revisión, de tal forma que se inició procedimiento administrativo en cada uno de ellos”, precisó el organismo. La Profeco adelantó que mantendrá el esquema de trabajo para proteger el derecho de consumidores, preservando la dinámica de la dependencia con operativos, programas y acciones que eviten prácticas abusivas o engañosas. Por otra parte, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dio luz verde para que la Profeco vigile las casas de empeño del país, con el fin de impedir abusos en agravio de los clientes en las condiciones en las que se realizan los servicios prendarios. Según, la Segunda Sala de la SCJN, “todas las casas de empeño, incluyendo las instituciones de asistencia privada, están sujetas al sistema de protección al consumidor”. El domingo 5 la institución colocó sellos de suspensión de actividades comerciales en sucursales del Nacional Monte de Piedad y de la Fundación Rafael Dondé en la capital del país por los siguientes motivos: No contaron con contrato de adhesión registrado ante Profeco; no proporcionaron al consumidor información de manera clara, visible y veraz relativa al porcentaje del préstamo conforme al avalúo de la prenda, el ramo de prendas aceptadas, la tasa de interés anualizada que se cobra sobre los saldos insolutos, el costo anual total, los gastos por almacenaje, plazo de pago, requisitos para el desempeño de la prenda, cantidad de refrendos a que tiene derecho el consumidor, los requisitos y condiciones de los mismos. Además, se impuso una sanción al Montepío Luz Saviñón por su negativa a la visita de verificación.

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