Acepta la SCJN controversias sobre el desafuero

viernes, 15 de abril de 2005 · 01:00
* Atiende parcialmente peticiones de la ALDF y de San Lázaro * Rechaza dar las suspensiones reclamadas por ambos poderes México, DF, 14 de abril (apro) - La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dio entrada a sendas controversias constitucionales interpuestas por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) y la Cámara de Diputados, en torno al desafuero de Andrés Manuel López Obrador Sin embargo, negó la suspensión de actos reclamados por ambos poderes La ministra Olga Sánchez Cordero aceptó la controversia solicitada el viernes anterior por la ALDF, pero rechazó otorgar la suspensión inmediata que los legisladores locales le solicitaron sobre la declaratoria de desafuero aprobada por los diputados federales A su vez, el ministro José Ramón Cossío Díaz dio entrada al juicio de controversia pedido el lunes anterior por la Cámara de Diputados, que acusó a los asambleístas de invadir atribuciones exclusivas de los legisladores federales Al igual que la ministra, Cossío les rechazó a los diputados federales su petición de suspender los acuerdos de la ALDF, mediante los cuales el poder local desconoció el desafuero y la separación del cargo de López Obrador decididos por los diputados federales Al ser notificados este jueves sobre la decisión de Sánchez Cordero, los diputados locales del PRD, la presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados y la Procuraduría General de la República (PGR) tienen cinco días hábiles, plazo que se vence el próximo viernes, a fin de presentar, si quisieran, recursos de reclamación Lo mismo aplica para los diputados federales en el caso de la decisión de Cossío Díaz La PGR fue notificada toda vez que fue incluida en la demanda por los asambleístas, al considerar que el Ministerio Público federal presentó a los diputados una solicitud para proceder penalmente contra López Obrador Las partes tienen 30 días para contestar las demandas; es decir, aportar elementos en su defensa En declaraciones a la prensa afuera de sus oficinas en el máximo tribunal del país, Sánchez Cordero explicó que la controversia y la suspensión son recursos que se contraponen, y por ello resolvió de manera distinta para las dos solicitudes hechas por los asambleístas “La suspensión no puede ser concedida porque queda sin materia la propia controversia”, dijo en una breve declaración En su acuerdo sobre la suspensión, Cossío Díaz estableció también que no era posible otorgarla, porque “con ello se permitiría que quedara sin efecto la propia controversia” Agregó que de haberse concedido, la controversia se desecharía y no se podría determinar si la ALDF tiene atribuciones en el juicio de procedencia En el texto de su negativa, la ministra Sánchez Cordero explica que, “independientemente de lo que pueda resolverse en el fondo del asunto acerca de si la Cámara de Diputados se excedió en sus facultades… lo que se viene reclamando es la interpretación del artículo 111 de la Constitución federal” Agregó que se trata de diversa interpretación por parte de dos órganos legislativos, por lo que conceder la medida cautelar solicitada, “traería como consecuencia la afectación del régimen federal”, dado que prevalecería el acto de la ALDF sobre el de la Cámara de Diputados Con la suspensión solicitada, los asambleístas del PRD –cuya mayoría en la Asamblea Legislativa hizo posible la petición de controversia– pretendían dejar sin efecto la votación del 7 de abril en San Lázaro, mediante la que la mayoría de PRI-AN despojó del cargo a López Obrador En su solicitud, elaborada por el abogado Javier Quijano Baz, los asambleístas precisaron que no impugnaban la declaratoria de procedencia del juicio de desafuero, pero que los legisladores federales se extralimitaron en sus atribuciones, pues debieron limitarse a comunicar la declaratoria “Lo que se tilda de invalidez y carece de eficacia jurídica son los actos posteriores a dicha declaratoria, para dar lugar a proceder penalmente contra el inculpado”, explicaron en su solicitud La decisión que tome la Corte sobre ambas controversias servirá para definir las atribuciones que tiene la ALDF, pues según los asambleístas, a ellos correspondía decidir sobre el desafuero una vez aprobada la procedencia del juicio por la Cámara de Diputados AMLO, gobernador: SCJN Los asambleístas argumentan que con base en la fracción quinta del artículo 111 de la Constitución, son los Congresos locales los que deben tomar la decisión del desafuero cuando se trata de gobernadores López Obrador ha sido reconocido como tal por la propia SCJN en el caso de otras controversias constitucionales Los diputados federales apelan, en cambio, a la fracción séptima del mismo artículo, según la cual las decisiones de la Cámara de Diputados son inatacables en el caso de los procesos de desafuero En entrevista con Apro, Quijano Baz destacó la importancia de la decisión de la ministra Sánchez Cordero para la vida constitucional de México, aunque evitó indicar si recurrirá la decisión de no darle la suspensión solicitada Sobre la decisión de Cossío Díaz, dijo que los dos ministros tomaron el mismo criterio porque las dos demandas de controversia representan las dos caras de una misma moneda El tema de fondo, aclaró, es el que tiene que ver con el estatuto constitucional de la ciudad México, tanto para sus gobernantes como para sus gobernados Indicó que la discusión se puede llevar entre tres y cuatro meses, periodo en el que la PGR puede solicitar la orden de aprehensión de López Obrador, e incluso encarcelarlo “Nosotros decimos que la PGR no debe procesar, pero el subprocurador Carlos Vega Memije considera lo contrario Ha llegado la hora de los jueces” Poco antes de su decisión, la ministra Sánchez Cordero recibió a varias diputadas locales del PRD, encabezadas por la coordinadora en la ALDF, Lorena Villavicencio, quienes le solicitaron dar entrada a la controversia El ministro Cossío Díaz descartó que este tipo de actos o las reuniones del abogado Quijano Baz con Sánchez Cordero sean presiones para la Corte “Hay una vieja tradición en la Suprema Corte, de muchos años, en donde se recibe a las partes”, aclaró en una conferencia de prensa “La diferencia es que ahora, por ser un asunto que ha llamado la atención de la sociedad, se ha dado publicidad a las visitas que se han estado haciendo a algunos señores ministros, y eso es todo lo que cambia Pero eso está lejos de presiones Los once ministros tenemos el entrenamiento y la tranquilidad suficientes para no dejarnos presionar”, aseguró

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