Darán hasta 60 años de prisión por cometer feminicidio en Colima

miércoles, 24 de agosto de 2011 · 21:05
COLIMA, Col. (apro).- Entre 35 y 60 años de prisión será el castigo para quienes cometan el delito de feminicidio en esta entidad, luego de que el Congreso local aprobó hoy incorporar esa figura al Código Penal del Estado. Por unanimidad, los legisladores locales avalaron el dictamen elaborado por las comisiones de Estudios Legislativos y Puntos Constitucionales, de Promoción de la Equidad de Género y de Seguridad Pública, a partir de dos iniciativas presentadas por las diputadas Itzel Ríos de la Mora y Patricia Lugo Barriga, la primera coordinadora de la fracción del PRI y la segunda, del grupo parlamentario panista. A partir de las reformas y adiciones legislativas, el Código Penal cuenta ahora con el Título Primero bis, denominado “Delitos contra la igualdad de género” y éste, a su vez, con el capítulo único titulado “Feminicidio”. Este delito es definido como “la privación de la vida a una mujer por razones de género, considerándose éstas cuando haya existido entre el homicida y la víctima relación de parentesco, matrimonio, concubinato, sociedad de convivencia, noviazgo o cualquier otro tipo de relación de hecho, amistad, laboral, docente, de confianza, subordinación o superioridad, o que la víctima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo”. Otras razones de género establecidas por los diputados para determinar la comisión de feminicidio son el hecho de que a la víctima se le hayan infligido lesiones infamantes, degradantes o mutilaciones, previa o posterior a la privación de la vida, que existan antecedentes de amenazas, acoso o lesiones del sujeto activo en contra de la víctima; el cuerpo de la víctima sea expuesto o arrojado en un lugar público; o la víctima haya sido incomunicada”. En los considerandos del dictamen, las comisiones estimaron necesario proteger de una manera integral la seguridad de la mujer, por lo que calificaron como grave el delito de feminicidio, al estimar que la privación de la vida es el mayor menoscabo que sufre el ser humano en sus derechos. Así también, fueron reformados el Código de Procedimientos Penales y la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado, con el objetivo de dar un tratamiento especial y adecuado a las víctimas de delitos de violencia de género. Las reformas facultan, además, al Ministerio Público y a la autoridad judicial para dictar medidas de protección que salvaguarden la seguridad de las víctimas de delitos vinculados a la violencia de género, como la separación del domicilio cuando se trate de agresiones a mujeres y niños o delitos sexuales, cuando la víctima conviva con el destinatario de la medid. También restricción de acercarse por sí o por interpósita persona al ofendido en un perímetro no menor de 500 metros a la redonda; auxilio inmediato por integrantes de instituciones policiales al domicilio donde se localice la víctima, y registro o inscripción en programas estatales de desarrollo personal, social, educativo y laboral.

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