Nacidos en julio y agosto, cuyo apellido inicie con la letra A, serán funcionarios de casilla en 2019: INE

miércoles, 6 de febrero de 2019 · 22:12
CIUDAD DE MÉXICO (apro).- Ciudadanos cuyo primer apellido inicie con la letra “A” y hayan nacido en los meses de julio y agosto serán seleccionados como funcionarios de casilla para las elecciones que se realizarán en Aguascalientes, Baja California, Durango, Quintana Roo y Tamaulipas, el próximo 2 de junio. Así lo informó este miércoles el Instituto Nacional Electoral (INE), al destacar que en sesión extraordinaria se realizó el procedimiento público establecido en la ley para la selección de las y los funcionarios que serán tomados como base para la insaculación de quienes integrarán las mesas directivas de Casilla, a fin de garantizar la objetividad y certeza en los resultados de las elecciones en esas entidades. En un comunicado, el Consejo general del INE también destacó que se dieron a conocer los informes sobre el cumplimiento y avance del plan integral y calendarios de coordinación de las elecciones locales y el que da seguimiento al procedimiento de acreditación de las y los observadores electorales. Hasta el momento se han recibido 22 solicitudes. En la misma sesión se definió por unanimidad los ingresos y gastos que deben comprobar las organizaciones de ciudadanos y agrupaciones que pretenden obtener registro como partido político nacional, así como el procedimiento de fiscalización respecto al origen y destino de sus recursos. De igual manera, el Consejo General aclaró a Margarita Zavala y Óscar Fernández Prado, representantes legales de la organización de ciudadanos denominada “Libertad y Responsabilidad Democrática, A. C.”, que para la constitución de un partido político nacional se deberá acreditar la celebración de asambleas por lo menos en 20 entidades federativas o en 200 distritos electorales en presencia de una funcionaria o funcionario del INE. Esa persona certificará que el número de afiliadas y afiliados que concurrieron y participaron a la asamblea estatal o distrital, en ningún caso podrá ser menor a 3 mil o 300 personas, respectivamente.

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