Reforma eléctrica

Corte desecha controversia constitucional de Cofece contra ley eléctrica de AMLO

El Pleno de la Corte resolvió que la Cofece no tenía interés legítimo para impugnar la reforma, debido a que la ley eléctrica impulsada por el gobierno del presidente López Obrador no modificó las normas de la propia comisión.
lunes, 18 de abril de 2022 · 15:46

CIUDAD DE MÉXICO (apro).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó la controversia constitucional presentada por la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) para impugnar la Ley de la Industria Eléctrica (LIE) vigente desde el 21 de marzo del 2021, la cual da preferencia a la Comisión Federal de Electricidad (CFE) en el despacho de la energía eléctrica y pone un límite a las inversiones del sector privado en la generación de energía eólica y fotovoltaica.

Por mayoría de seis votos contra cinco, el Pleno de la Corte resolvió que la Cofece no tenía interés legítimo para impugnar la reforma, debido a que la ley eléctrica impulsada por el gobierno del presidente Andrés Manuel López Obrador no modificó las normas de la propia comisión y, por tanto, tampoco invadió sus facultades legales.

A pesar de que el proyecto de la ministra Loretta Ortiz Ahlf proponía entrar al fondo de la controversia y finalmente desestimar la impugnación contra la LIE con base a otros argumentos, el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo planteó modificar el proyecto y desechar la controversia, derivado de que ese recurso legal no cuestionaba afectaciones directas a las facultades y competencias legales de la Cofece.

Por el contrario, explicó el ministro Pardo, la impugnación aludía a que la Ley de la Industria Eléctrica vigente del 2021 iba a reducir la competitividad de ese sector aunque no se hubiera modificado el marco legal de la Cofece, por lo que de esa forma - finalmente- se afectaban las funciones del organismo autónomo.

Sin embargo, para el Pleno de la Suprema Corte aludir a que una norma viola principios y derechos de terceros, sin afectar directamente las funciones de un organismo autónomo, no acredita el interés legítimo de la Cofece para impugnar la LIE, por lo que cualquier controversia de este tipo debe ser desechada o sobreseída, sin que el fondo de la impugnación se aborde en la sesión correspondiente.

A sugerencia de otros ministros, este argumento del ministro Pardo Rebolledo fue incorporado al proyecto de la ministra Loretta Ortiz para poder votar el proyecto final, logrando así un bloque de seis votos a favor de la sentencia que sobreseyó, equivalente a un desechamiento, la impugnación de la Cofece contra la LIE.

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