El INAI ordena al Invi hacer público listado de 952 damnificados que recibieron cheque para reparar sus casas

jueves, 20 de septiembre de 2018 · 19:50
CIUDAD DE MÉXICO (apro).- Por instrucción del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), el Instituto de Vivienda de la Ciudad de México (Invi) deberá dar a conocer el listado de las 952 personas beneficiadas con cheques para la reparación de viviendas afectadas por el sismo del 19 de septiembre de 2017 que fueron entregados entre el 21 de noviembre de 2017 y enero de 2018. En un comunicado, el INAI explicó que un particular solicitó dicha información al Invi -dirigido por Itzel Irazabalo-, pero éste clasificó como confidencial los expedientes y pólizas de cheques derivados del Programa Crédito Emergente para la Reparación de Vivienda. La dependencia argumentó que contienen datos personales que requieren consentimiento de su titular para su difusión, entre ellos, las identificaciones de los beneficiarios y por tanto, fotografías, nombres, firmas, Clave Única de Registro de Población (CURP) y domicilio. Inconforme, el solicitante presentó un recurso de revisión ante el Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México (Infodf). Alegó que el Invi no le permitió conocer las acciones de apoyo para el mejoramiento de la vivienda relativa a las afectaciones ocasionadas por el temblor. Según el INAI, ante la falta de quórum del Pleno del Infodf, atrajo el recurso de revisión y lo turnó a la ponencia de la comisionada Blanca Lilia Ibarra Cadena para su resolución. Ya en sus alegatos, el Invi justificó que en su portal electrónico se puede consultar el número de trabajos realizados y los cheques entregados a los beneficiarios, por ende, clasificar los datos no impide conocer las acciones del programa emergente. También aseguró que los datos recabados para el otorgamiento del crédito están directamente relacionados con documentos e información que también está en posesión de otros sujetos obligados, por ejemplo, las evaluaciones técnicas y dictámenes emitidos por las autoridades competentes en materia de seguridad y construcción. No obstante, la comisionada Ibarra Cadena advirtió que la Ley para la Reconstrucción, Recuperación y Transformación de la Ciudad de México prevé que el gobierno capitalino es el encargado de diseñar y ejecutar un programa integral relacionado con los damnificados. Por ello, determinó que el Invi está facultado para otorgar apoyos, donativos y ayudas para beneficio social o interés público o general a personas físicas o morales sin fines de carácter político, lo que deberá publicarse en internet, identificando el nombre del beneficiario y el monto recibido, de acuerdo con la Ley de Contabilidad Gubernamental y la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal. En su ponencia, la comisionada explicó que, si bien los créditos otorgados para la reconstrucción de vivienda no corresponden como tal a un programa social, sí constituyen un apoyo solventado con recursos públicos “por lo que deben ser administrados con base en criterios de legalidad, honestidad, austeridad, eficiencia, eficacia, economía y racionalidad, de conformidad con las políticas de transparencia, control y rendición de cuentas”. Incluso, afirmó que, de la revisión al listado requerido por el solicitante, se desprende que contiene el número consecutivo del otorgamiento, el número de entrega, fecha y nombre del beneficiario, y si bien solamente éste último es un dato personal de carácter confidencial, al tratarse de una ayuda con recursos públicos, se debe difundir, aunque no se cuente con el consentimiento de su titular. Por estas razones, por mayoría de votos, el Pleno del INAI revocó la respuesta del Invi y le instruyó a entregar la información solicitada. La comisionada Blanca Lilia Ibarra Cadena consideró que la resolución “representa una oportunidad palpable de máxima publicidad, transparencia y utilidad social, pues a través del derecho de acceso es posible obtener información que haga valer otro tipo de derechos y, sobre todo, darle seguimiento al curso del dinero público”.

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