Ordenan a la SRE corregir el documento de extradición de Cavallo

martes, 26 de marzo de 2002 · 01:00
México, D F- Si bien el exdirector del Registro Nacional de Vehículos (Renave), Ricardo Miguel Cavallo, señalado como uno de los ejecutores de actos represivos en la época de la dictadura argentina, podrá ser extraditado a España por los delitos de genocidio y terrorismo, no ocurrirá lo mismo en el caso de tortura, precisó el juez primero de Distrito "B" en materia de amparo, Juan García Orozco, al dar a conocer que ordenó a la Secretaría de Relaciones Exteriores (SER) asentar esa aclaración en el acuerdo del 2 de febrero del 2001 Como parte del amparo concedido al acusado en ese sentido, mismo que dio a conocer el Poder Judicial de la Federación en un comunicado, el juez puntualizó que el delito de tortura ya prescribió, como desde un principio lo había indicado el juez sexto de Distrito, Jesús Guadalupe Luna Altamirano, quien fue el que concedió la extradición Así, la Cancillería deberá emitir un nuevo acuerdo en el que rechace la extradición del detenido, pero sólo por el delito mencionado El juicio de amparo mediante el cual el argentino busca librarse de la extradición continuará sin que cambie su situación, ya que tendrá que seguir el proceso desde el reclusorio Oriente, al que fue trasladado el 24 de agosto del 2000, después de ser detenido en Cancún, Quintana Roo Desde Cancún, Cavallo pensaba huir a su país, donde las leyes lo eximen de cualquier castigo por su historial en la dictadura de Jorge Videla Pero en México, sí proceden las sanciones por los delitos de genocidio, cuya prescripción se da hasta 20 años después del hecho, así como por el de terrorismo, que prescribe a los 21 años Los delitos de los que se acusa al exfuncionario habrían sido cometidos entre el 24 de marzo de 1976 y el 10 de diciembre de 1983, en Argentina 26/03/02

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