Analizará la Corte constitucionalidad de enlaces conyugales en Colima

martes, 17 de marzo de 2015 · 18:31
COLIMA, Col. (apro).- A casi dos años de su aprobación en  el estado, la constitucionalidad de los enlaces conyugales –figura creada para reconocer legalmente las uniones de parejas del mismo sexo– será puesta sobre la mesa de debates en la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). El asunto, cuya discusión estaba originalmente prevista para la sesión del pasado miércoles 4 y se pospuso a petición del ministro ponente, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, se encuentra enlistado en el primer lugar de la orden del día del miércoles 18. Bajo el expediente 704/2014, la SCJN decidió atraer un juicio de amparo interpuesto por una pareja colimense que impugnó, por considerarlo discriminatorio, el artículo 147 de la Constitución de Colima, que después de una reforma promulgada en agosto de 2013 reserva la figura del matrimonio para las parejas heterosexuales, mientras que a las uniones de personas del mismo sexo las remite a la figura de enlace conyugal. También fueron sometidos al juicio decenas de artículos de los códigos Civil y de Procedimientos Civiles del estado, relacionados con la aplicación de la reforma que creó los enlaces conyugales. Originalmente el juicio de amparo había sido tramitado ante el Juzgado Primero de Distrito con sede en la ciudad de Colima, bajo el número de expediente 1413/2013-I, y después fue sometido a revisión ante el Tribunal Colegiado del Trigésimo Segundo Circuito dentro del expediente 23/2014. La figura de los enlaces conyugales fue aprobada en julio de 2013 con el voto de los diputados locales de los grupos legislativos del PRI, PAN, Nueva Alianza, PVEM y PT, con la única oposición de los dos diputados del PRD. Su creación se vio motivada por el hecho de que meses antes el Ayuntamiento del municipio perredista de Cuauhtémoc había empezado a celebrar matrimonios de personas del mismo sexo, en igualdad de circunstancias con las parejas heterosexuales. Aunque en un principio la clase política local se escandalizó, al grado de que el gobernador Mario Anguiano Moreno declaró que los matrimonios homosexuales eran ilegales por no estar considerados en la Constitución local, finalmente nadie impugnó su legalidad, mientras que la alcaldesa de Cuauhtémoc, Indira Vizcaíno Silva, argumentó que el sustento de estas uniones se encuentra en la Constitución General de la República, que considera el principio Pro Persona y prohíbe la discriminación. Si bien los promotores de los enlaces conyugales siempre aseguraron que esa figura no es discriminatoria porque a su juicio considera los mismos derechos que el matrimonio, todo parece indicar que la Primera Sala de la Suprema Corte declarará su inconstitucionalidad precisamente por considerarlos discriminatorios. Existe el precedente de una tesis dictada por esa misma sala en el 2012 al resolver el amparo interpuesto por una pareja de Oaxaca, en la que los ministros determinaron que la existencia de un régimen jurídico diferenciado para las uniones del mismo sexo es discriminatoria y “resulta totalmente inaceptable en un Estado constitucional de derecho que aspira a tratar con igual consideración y respeto a todos sus ciudadanos”. En la página 48 de la resolución del juicio de amparo 581/2012, los ministros de la SCJN señalaron que “si se niega el acceso al matrimonio, la existencia de un régimen jurídico diferenciado al cual puedan optar las parejas homosexuales en lugar de casarse, incluso si la figura en cuestión tuviera los mismos derechos que el matrimonio, evoca a las medidas avaladas por la conocida doctrina de ‘separados pero iguales’ surgida en Estados Unidos en el contexto de la discriminación racial de finales del siglo XIX”. Los ministros añadieron: “Puede decirse que los modelos para el reconocimiento de las parejas del mismo sexo, sin importar que su única diferencia con el matrimonio sea la denominación que se da a ambos tipos de instituciones, son inherentemente discriminatorios”, por lo que expresaron su rechazo a lo que llamaron “un régimen separado pero igual al matrimonio”. En entrevista, la alcaldesa –ahora con licencia– de Cuauhtémoc, Indira Vizcaíno, consideró que si la SCJN mantiene su rumbo y la dirección que ha tenido en otros casos, velará por la igualdad y declarará inconstitucional la figura de los enlaces conyugales en Colima. Refirió que de cinco amparos respaldados por el ayuntamiento de Cuauhtémoc en contra de los enlaces conyugales y a favor del matrimonio igualitario, tres de ellos fueron atraídos por la Suprema Corte, por lo que estimó que algunos de ellos podrían formar parte del análisis que se realice mañana. De acuerdo con Vizcaíno Silva, en su resolución la SCJN seguramente declarará inválido el artículo que crea los enlaces conyugales y “también podría decirle al Congreso que es inconstitucional el artículo que dice que el matrimonio es entre un solo hombre y una sola mujer y que tienen que modificarlo para decir que el matrimonio es entre dos personas; por supuesto que tendría que haber voluntad política para hacer la reforma de inmediato, pero si no se hace tendríamos que buscar la manera de recurrir a nuevos recursos para obligar al Congreso a que esta reforma se lleve a cabo”.

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