Aprueban en Nuevo León Ley de Declaración de Ausencia por Desaparición

lunes, 27 de abril de 2015 · 19:46
MONTERREY, N.L. (apro).- El Congreso local aprobó hoy la Ley de Declaración de Ausencia, mediante la que familiares de desaparecidos podrán efectuar trámites legales en su nombre aunque las autoridades continúen su búsqueda. Luis David Ortiz, diputado independiente que coordinó desde la legislatura los trabajos para redactar la propuesta, explicó que esta iniciativa es modelo nacional y permitirá que las personas sean declaradas desaparecidas después de que sea presentada una denuncia, y sus familiares ya no deberán esperar para ello siete años, como ocurría hasta hoy. Con esta nueva ley que regula el procedimiento para emitir una declaratoria de ausencia por desaparición, padres, hijos y hermanos, no deberán esperar a que se presuma la muerte de la persona para administrar los bienes de la víctima. La denominada Ley de Declaración de Ausencia por Desaparición en Nuevo León, que consta de 30 artículos, fue presentada en mayo del 2014 como una iniciativa por Ciudadanos en Apoyo a los Derechos Humanos (Cadhac) y la Agrupación de Mujeres Organizadas por los Ejecutados, Secuestrados y Desaparecidos (Amores), a la que se le sumaron otras propuestas en el mismo sentido. Ahora, las familias de personas desaparecidas recibirán protección especial por esta ley que incluye, entre otros beneficios, la posibilidad de poder efectuar trámites con mayor facilidad relacionados con registros de nacimiento, divorcios y representaciones legales. También, a partir de ahora, las familias de empleados del estado podrán seguir contando con los beneficios del seguro social, sin tener que presumir la muerte de la persona desaparecida. Se especifica que a partir de la declaratoria, el juez designará a una persona para que administre los bienes del desaparecido y disponga de ellos, atendiendo principios de legalidad, proporcionalidad, necesidad y razonabilidad. A los seis meses de que ocurra la desaparición, si la persona no es localizada, se levantará un acta para sentenciar la desaparición como consumada, con lo que el patrimonio del ausente pasará a posesión de quien sea su representante legal. Pese a ello, la autoridad no terminará la investigación para localizar a la persona desaparecida, y si regresa, se le restituirán todos sus derechos. En un comunicado, Cadhac celebró la aprobación de esta ley, aunque reconoció que aún quedan escollos legislativos para aligerar la carga de sufrimiento y penurias legales de los familiares de las víctimas de este delito. “Pero reconocemos este paso que hoy se está dando y estaremos vigilantes de su efectivo cumplimiento a fin de que se garanticen los derechos humanos de quienes han sido víctimas de la violencia social que hemos padecido y seguimos viviendo en la entidad”, dijo el organismo presidido por la hermana Consuelo Morales Elizondo. La nueva ley entrará en vigencia a partir de que sea publicada en el Periódico Oficial del Estado, trámite que puede demorar semanas.  

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