TEE de Colima admite demanda sobre nulidad de dos sesiones ordinarias en Congreso local

martes, 18 de agosto de 2020 · 21:04
COLIMA, Col. (apro).- El Tribunal Electoral del Estado (TEE) admitió hoy el juicio JDCE-02/2020 para la defensa ciudadana electoral promovido por las diputadas Claudia Gabriela Aguirre Luna, Araceli García Muro, Ana Karen Hernández Aceves y Blanca Livier Rodríguez Osorio, así como los diputados Vladimir Parra Barragán y Arturo García Arias. El expediente fue reencauzado al TEE por la Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) --que a su vez lo había recibido de parte de la Sala Superior de ese organismo--, tras considerar que no era adecuada la vía per saltum a la que recurrieron los legisladores morenistas, dado que antes debieron haber agotado las instancias locales. Los representantes populares demandaron la nulidad de los actos preparatorios y de las sesiones públicas ordinarias números 11 y 12 de la Quincuagésimo Novena Legislatura del Congreso de Colima, celebradas el pasado 7 de julio, y denunciaron violencia política ejercida en su contra. Mediante las sesiones legislativas impugnadas, por considerar que se violaron los procesos legales, el Congreso local autorizó al Poder Ejecutivo el endeudamiento por un monto de hasta 740 millones de pesos. Nota de interés: CDMX y UIF analizan presunto uso de recursos irregulares en gestión de Mancera Los legisladores promoventes del juicio señalaron que hubo una serie de agresiones y violaciones a sus derechos, perpetrados por elementos de la policía estatal, así como un acto de censura al apagarles los micrófonos en la sesión número 11 en la que se aprobó el cambio de sede del Congreso local para autorizar el crédito en una sede alterna a la del Poder Legislativo. En la sesión presidida por la magistrada Ana Carmen González Pimentel, el pleno del TEE confirmó las medidas cautelares emitidas por la Sala Superior y la Sala Regional Toluca del TEPJF. Y a través de la Secretaría de Seguridad Pública estatal ordenó al gobierno del estado abstenerse de realizar cualquier acto de violencia u obstrucción en perjuicio de las personas promoventes, mientras que al Congreso le ordenó que se abstenga de realizar cualquier acto de violencia en perjuicio de dichas personas, así como no impedir a la parte actora el ingreso a las instalaciones legislativas, sea el acceso presencial o virtual. En sus resolutivos, el TEE también ordenó requerir a los promoventes y a los terceros interesados para que nombren a un representante común, con el apercibimiento de que, de no hacerlo, el pleno de ese Tribunal nombrará a uno de ellos, con base en lo dispuesto en la normatividad vigente en materia electoral.

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