Los derechos humanos y el patrimonio cultural (Primera de dos partes)

sábado, 30 de marzo de 2019 · 09:45
A Eduardo Matos Moctezuma CIUDAD DE MÉXICO (Proceso).- Los pápagos son un pueblo asentado en territorios de Sonora y Arizona. Ellos rechazan empero ese nombre, que significa comedor de frijoles, y privilegian el de tohono o’odham (gente del desierto). En la parte mexicana, habitan en Paquimé, Casas Grandes, en el mayor conjunto arqueológico de Oasisamérica, zona de agricultores sedentarios, y de Aridoamérica, área propia de grupos nómadas. El asentamiento étnico se encuentra dominado por el desierto de Altar, el segundo en el orbe en resequedad y aridez. A la dureza del entorno, los naturales enfrentaron la represión secular del Estado mexicano, que los despojó de sus tierras y reservas de agua, por lo que en 1840 se insurreccionaron. Ocho años después, el Tratado de Guadalupe-Hidalgo de 1848 tuvo efectos inesperados para las comunidades de la región, pues dividió artificialmente a muchas, entre ellas a los tohono o’odham, distribuidos entre el estado mexicano de Sonora y el estadunidense de Arizona. El vasallaje que se les impuso desde la Colonia fue la constante en Sonora, y los despojos continuaron en el siglo XX: criollos apoyados por el ejército mexicano los desplazaron a Caborca, Pitiquito y Sonoyta. El presidente Plutarco Elías Calles se propuso mitigar las tensiones sociales en la región, y con ese propósito creó el ejido Congregación del Pozo Verde. Más tarde, en las décadas de los setenta y ochenta, se les restituyeron sus tierras a las comunidades de Quitavac, Pozo Prieto, San Francisquito y Las Norias. A finales del siglo XX un grupo de arqueólogos adscritos al Centro Francés de Estudios Mexicanos y Centroamericanos, dependiente del Ministerio de Relaciones Exteriores de Francia, realizó trabajos de prospección en Quitavac, municipio de Plutarco Elías Calles, de donde exhumaron y retiraron una osamenta. Esta comunidad reaccionó ante el ultraje perpetrado por el equipo francés y, como consecuencia de ello, en noviembre de 1992 una orden judicial le ordenó al Estado mexicano restituir la osamenta para volverla a inhumar conforme los ritos y tradiciones del pueblo ofendido (David Hurst Thomas). Versiones de la época respecto de la labor arqueológica son contundentes (Luis Vázquez León): se llegó a argumentar que sólo bastaba la autorización del Consejo de Arqueología para llevar a cabo investigaciones “sin necesidad de consulta alguna con los descendientes de las poblaciones nativas. Como todos somos mexicanos, no existe la noción de territorio tradicional, sólo es cuestión de ética lo que guía una diferente actitud social” (Ari Rajsbaum). Este precedente ilustra las fuertes tensiones que han existido en México entre las autoridades gubernamentales y las comunidades indígenas, que perciben a los arqueólogos como instrumentos de profanación de sus ritos y tradiciones, en tanto que aquellos alegan que debe privilegiarse el progreso científico. La primera postura reivindica la preservación del patrimonio cultural, y la segunda la importancia de la investigación científica. Dos aproximaciones radicalmente distintas. La referencia inmediata empero es el código de ética de la Asociación Americana de Antropología (AAA por sus siglas en inglés) aprobado en junio de 1998, el cual dispone que todo proceso de investigación debe aportar un beneficio a las comunidades concernientes, pero sin provocarles daño alguno (Capítulo III A). El sureste mexicano Ahora, en el otro extremo de la República, el programa de desarrollo para el sureste propuesto por el gobierno federal induce a nuevas reflexiones. A diferencia del altiplano, las ciudades coloniales del sureste no se erigieron sobre los sitios arqueológicos; he aquí una disimilitud sustancial. El proceso de colonización en la zona careció de uniformidad, pero con un común denominador: la subversión de los códigos culturales de comportamiento maya y la extirpación de sus ritos y tradiciones mediante la imposición religiosa y el vasallaje. Basta leer los Incidentes de viaje en Centroamérica, Chiapas y Yucatán (1843) de John Lloyd Stephens y Frederick Catherwood en torno a la Hacienda de Uxmal, cuyo propietario era Simón Peón, para dimensionar la servidumbre impuesta a la población maya. La pluralidad de lenguas y de expresiones en el sureste del país se constituyeron en una vasta amalgama cultural. Prevalecen manifestaciones regionales tan variadas como la plegaria Ch’a Cháak, en el Mayab contemporáneo, destinada a las deidades de la lluvia (Mario Humberto Ruz) o la invocación, antes del plantío, a los espíritus de las montañas y de los valles (Zuultaq’a), que se observa en el Departamento de Alta Vera, Guatemala, colindante con Chiapas (Patricia A. McAnany). Con la finalidad de comprender las culturas mayas se ha pretendido crear una narrativa única de continuidad del pretérito que sin duda facilitaría la analogía y, con ella, esa comprensión. La enorme diversidad lingüística en la región desafía empero la tesis de una cultura maya monolítica y perenne (Evon Zartman Vogt Jr. 1918-2004). Ante esa heterogeneidad, las culturas mayas se han transformado con el paso del tiempo, y la invocación a la antigüedad se emplea como un vehículo de afirmación de identidad y dignidad; se recurre pues a la antigua cultura maya como una sinécdoque, con el propósito de elaborar una identidad contemporánea, como bien lo expresa el autor maya Raxché Demetrio Rodríguez Guaján. En el siglo XX, la formación del proyecto nacional tuvo un carácter esencialmente urbano y elitista; una de sus consecuencias es que dejó al margen a las colectividades indígenas iletradas en el español y aisladas en su geografía. Peor aún, el postulado republicano de la igualdad formal de todos frente a la ley invalidó la legislación indiana protectora de las comunidades y fomentó el despojo de tierras. Esta fue una de las causas del conflicto en la región conocido históricamente como Guerra de Castas. En la actualidad, a la secular dispersión geopolítica maya se agrega la yuxtaposición de regímenes de legalidad de los países que integran a las poblaciones autóctonas. Por su exotismo y el apetito del mercado de arte, esas culturas han visto proliferar toda clase de estudios acerca de ellas, muchos de los cuales han causado graves perjuicios a su identidad, memoria colectiva y representación. La autora maya Avexnim Cojtí Ren lo ha dicho sin ambages: “Triste y desafortunadamente, la historia de nuestros pueblos ha sido colonizada. La historia de los mayas se ha tergiversado, y les pertenece a otros su narrativa”. De esta aseveración primaria se derivan consecuencias de gran envergadura, como las que atañen a la representación de las comunidades mayas en un ámbito de evidente fragmentación histórica. Más aún, siguen prevaleciendo los intentos de legitimación de un sistema de conocimiento ajeno por encima del de esos pueblos. Por lo tanto, la interlocución con las comunidades mayas es altamente compleja y plantea desafíos extraordinarios. Esta complejidad resulta extensiva a la observancia obligada de la consulta libre, previa y culturalmente informada. Los derechos humanos En efecto, en la actualidad la asociación de los sitios arqueológicos con la narrativa de los derechos humanos plantea una nueva perspectiva, toda vez que las comunidades indígenas han introducido múltiples reivindicaciones, que conllevan interrogantes adicionales en relación con la memoria colectiva y el acceso a los sitios sagrados. El legado cultural está íntimamente vinculado con la identidad y el territorio; es una categoría neutral que debe favorecer la comunicación y la investigación, descifrar el pretérito y darle significado al presente. Es el resultado de un proceso selectivo; y, más que expresivo, es constitutivo. Ello detona tensiones entre las minorías étnicas y las mayorías dominantes, que se arrogan el derecho de definir y administrar ese legado. La consecuencia natural del ejercicio de este derecho impone interrogantes relacionadas con la guardia y custodia del legado cultural y la percepción respecto de los beneficios económicos que puede aportar el patrimonio cultural tangible (Helaine Silverman y Dede Fairchild Ruggles). La narrativa que asocia los derechos humanos y el patrimonio cultural ha estado preñada de grandes vicisitudes. En relación a los primeros, su universalismo ha provocado debates vehementes, puesto que esa narrativa expresa valores y fomenta los códigos de conducta occidentales. En este sentido la Carta de Venecia de 1964 (denominada también Carta Internacional para la Conservación y Restauración de Monumentos y Sitios) presupuso que la arquitectura auténtica debía aceptarse de manera universal, y de esta manera determinó los valores de preservación con pretensiones de universalidad. Sin embargo, este documento denota fragilidad y, llevadas sus directrices al extremo, serían suficientes para proveer de argumentos a la cultura dominante para reprimir expresiones culturales minoritarias. Oriente contrapuso a esa Carta el Documento de Nara, aprobado en Japón en noviembre de 1994, en el cual rechaza que la noción de autenticidad pueda tener validez universal y se exprese en juicios de valor conforme a criterios predeterminados; por lo contrario, considera que el respeto a la diversidad exige que las características culturales sean evaluadas conforme a su contexto intrínseco. En esa forma, mientras que en Occidente existen cánones para la preservación material, en otros ámbitos el énfasis está en el significado del sitio, en los rituales asociados e incluso en la renovación periódica de su arquitectura. Por su parte, la Carta de Nara privilegia el conocimiento litúrgico del entorno y lo conceptualiza como fuente de identidad. Durante gran parte del siglo XX la política pública del Estado mexicano fue primordialmente patrimonialista, con el objetivo de impedir el saqueo y latrocinio del patrimonio cultural e introducir un elemento de estabilización, fundamentalmente en los sitios arqueológicos. Basta mencionar un evento: la década de los sesenta se significó por una rapiña sin precedentes de los vestigios de las culturas mayas, no vista desde la Colonia. Estelas mayas de gran calado fueron amputadas de los sitios arqueológicos en grave perjuicio del patrimonio nacional y del conocimiento universal (Clemency Coggins). Se ha sostenido que el patrimonio cultural y los derechos humanos están íntimamente asociados y no pueden ser analizados en forma aislada; en efecto, si la arqueología es el estudio de la experiencia humana a través de la historia, el conocimiento de la historia propia es consustancial a los derechos humanos.  De ahí que son las comunidades indígenas a quienes les asiste un mejor derecho (Ian Hodder). Esta aseveración conlleva empero otros cuestionamientos de alta complejidad. Si el énfasis está en los derechos humanos, la discusión se centra en delimitar cuál es la comunidad o grupo cultural a quien le asiste la guardia y custodia del pasado. La discusión se desplaza entonces al ámbito jurídico, pues comporta la determinación del sujeto del derecho. En el sureste mexicano esto es especialmente intrincado ante la pulverización geopolítica de las comunidades mayas. La arqueóloga Patricia A. McAnany afirma que los sitios declarados como patrimonio cultural de la humanidad revisten aristas que deben ser ponderadas. Aduce que la asociación de esos lugares con los derechos humanos podría exacerbar conflictos relacionados con el acceso a los sitios y los beneficios consecuentes, y también con la apreciación y conservación de los mismos. A la narrativa cultural se suman otras constataciones. De manera recurrente el Estado atiende en particular a grupos y comunidades a los cuales les atribuye la suficiente legitimidad política para tener una interlocución con ellos. Ante esto, las comunidades indígenas buscan obtener su legitimidad política mediante la reivindicación de su derecho a preservar su identidad y del respeto a sus tradiciones y expresiones culturales. Por lo tanto, esta legitimidad política les asegura la satisfacción de sus reclamos de identidad y expresiones culturales. Así, el control y la administración del legado cultural y de los sitios resulta para ellas fundamental, pues entraña el reconocimiento simbólico de su identidad cultural y el basamento de su legitimidad política (Laurajane Smith). Colofón Una de las premisas del presente análisis destaca una irresuelta contradicción conceptual: si bien los derechos humanos tienen una vocación universal, el legado cultural es temporal y geográficamente específico. En la actualidad el patrimonio cultural mexicano encarna los valores y bienes de la cultura dominante. Es en consecuencia vertical y retrospectivo, además de proclive a la transmisión de la historia oficial. La memoria colectiva de las comunidades indígenas, minoritarias en el espectro social, libran una batalla para que sus expresiones tengan un reconocimiento igualmente social. En este sentido su batalla es por la emancipación. La vertiente arqueológica es uno de los principales ejes de nuestro patrimonio cultural, ya que revela la cosmogonía del universo precolombino y está vinculada al sustrato de nuestra identidad. Los argumentos en torno a los sitios arqueológicos, especialmente resultantes de nuevas exploraciones, varían de un extremo al otro; el énfasis oscila entre el sitio y los derechos humanos. Por una parte, en la actualidad las comunidades mayas no se reconocen en esos sitios arqueológicos. Sin embargo, este argumento se emplea con frecuencia para marginarlas de los proyectos arqueológicos. (Patricia A. McAnany). No obstante, es precisamente la narrativa de los derechos humanos la que, de acuerdo con múltiples precedentes, ha hecho posible la salvaguarda del patrimonio cultural (Ian Hodder). La experiencia revela que no existe una fórmula general suficientemente efectiva para solucionar las tensiones descritas. Ante ello el arqueólogo Eduardo Matos Moctezuma formula una premisa incuestionable: es el pueblo de México el legítimo propietario del patrimonio arqueológico nacional. La disyunción entre la universalidad de los derechos humanos y el legado cultural no hace más que reflejar diferentes aproximaciones, que resultan irreconciliables. Es predecible que las tensiones sociales, especialmente en el sureste mexicano, se intensifiquen a raíz del descubrimiento y la exploración de nuevos sitios arqueológicos, con mayor razón si éstos se multiplican y carecen de la aquiescencia y participación activa de las comunidades y grupos culturales de la región. *Doctor en derecho por la Universidad Panthéon-Assas. Este ensayo se publicó el 24 de marzo de 2019 en la edición 2212 de la revista Proceso.

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